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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Ley 2/2022, de 1 de abril, de bibliotecas de Extremadura.

Publicado en:
«DOE» núm. 66, de 05/04/2022, «BOE» núm. 86, de 11/04/2022.
Entrada en vigor:
06/04/2022
Departamento:
Comunidad Autónoma de Extremadura
Referencia:
BOE-A-2022-5854
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es-ex/l/2022/04/01/2/con

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 01/04/2022
  • Fecha de publicación: 11/04/2022
  • Fecha de entrada en vigor: 06/04/2022
  • Publicada en el DOE núm. 66, de 5 de abril de 2022.

Referencias anteriores

  • DEROGA la Ley 6/1997, de 29 de mayo (Ref. BOE-A-1997-17827).
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 40.1 del Estatuto aprobado por Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero (Ref. BOE-A-2011-1638).
    • la Ley 1/2002, de 28 de febrero (Ref. BOE-A-2002-7297).

Materias

  • Bibliotecas
  • Extremadura
  • Organización de las Comunidades Autónomas
  • Patrimonio Documental y Bibliográfico

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