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Legislación consolidada(información)Este texto consolidado es de carácter informativo y no tiene valor jurídico.
La consolidación consiste en integrar en un solo texto, sin valor oficial, las modificaciones, correcciones y derogaciones de carácter expreso que una norma ha tenido desde su origen, con el objetivo de facilitar el acceso al Derecho vigente. Para fines jurídicos, debe consultarse la publicación oficial.

Real Decreto 181/2008, de 8 de febrero, de ordenación del diario oficial «Boletín Oficial del Estado»

Publicado en:
«BOE» núm. 37, de 12/02/2008.
Entrada en vigor:
01/01/2009
Departamento:
Ministerio de la Presidencia
Referencia:
BOE-A-2008-2389
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/2008/02/08/181/con

Índice: «Última actualización, publicada el 24/09/2022»

[Preámbulo]

CAPÍTULO I. Disposiciones generales

CAPÍTULO II. Contenido del «Boletín Oficial del Estado»

CAPÍTULO III. Edición electrónica

CAPÍTULO IV. Acceso de los ciudadanos al «Boletín Oficial del Estado»

CAPÍTULO V. Procedimiento de publicación

[Disposiciones adicionales]

[Disposiciones transitorias]

[Disposiciones derogatorias]

[Disposiciones finales]

[Firma]

ANEXO I. Formato XML para el envío de anuncios de notificación

ANEXO II. Formato XML para el envío de los documentos que deban insertarse en el Suplemento del Tablón Edictal Judicial Único


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