Las Cortes de Castilla y León comunican que se han observado errores con posterioridad a la certificación del texto aprobado por el Pleno en el Proyecto de Ley de Juventud de Castilla y León.
Por todo ello, procede efectuar las oportunas correcciones al texto de la Ley 11/2002, de 10 de julio, de Juventud de Castilla y León, publicada en el «B.O.C. y L.» suplemento al n.º 139, de fecha 19 de julio de 2002, en los siguientes términos:
En la página 2, en la Exposición de Motivos, párrafo 10.º:
Donde dice:
«Este Título establece, asimismo, los principios informadores de la Ley y las bases y criterios que deben regir la planificación y programación de las actuaciones en materia de Juventud y cuya finalidad,no es otra, que dotar a las administraciones públicas de un instrumento que las permita llevar a cabo un diseño ordenado, coherente y racionalizado de sus políticas de Juventud, asegurando al mismo tiempo la continuidad de las mismas.»
Debe decir:
«Este Título establece, asimismo, los principios informadores de la Ley y las bases y criterios que deben regir la planificación y programación de las actuaciones en materia de Juventud y cuya finalidad, no es otra, que dotar a las administraciones públicas de un instrumento que les permita llevar a cabo un diseño ordenado, coherente y racionalizado de sus políticas de Juventud, asegurando al mismo tiempo la continuidad de las mismas.»
En la página 4, en el artículo 2.b):
Donde dice:
«b) La Igualdad de Oportunidades, que toma como base de referencia el principio constitucional de igualdad entre hombres y mujeres. Esta igualdad de oportunidades se traduce en los distintos ámbitos de mayor relevancia para a los jóvenes. En el ámbito social, se prestará especial atención a corregir las desigualdades entre los jóvenes y las de éstos frente a otros sectores poblacionales; así mismo, se pondrá especial énfasis en los jóvenes más desfavorecidos,en especial en aquellos con problemas de adaptación, discapacidades, y en situación o riesgo de exclusión social. En el ámbito económico y cultural tendrán especial atención aquellos jóvenes con menos recursos. Y en el territorial, se prestará especial atención a la corrección de desigualdades, generando actuaciones específicas dirigidas a los jóvenes residentes en el medio rural.»
Debe decir:
«b) La Igualdad de Oportunidades, que toma como base de referencia el principio constitucional de igualdad entre hombres y mujeres. Esta igualdad de oportunidades se traduce en los distintos ámbitos de mayor relevancia para los jóvenes. En el ámbito social, se prestará especial atención a corregir las desigualdades entre los jóvenes y las de éstos frente a otros sectores poblacionales; así mismo, se pondrá especial énfasis en los jóvenes más desfavorecidos, en especial en aquellos con problemas de adaptación, discapacidades, y en situación o riesgo de exclusión social. En el ámbito económico y cultural tendrán especial atención aquellos jóvenes con menos recursos. Y en el territorial, se prestará especial atención a la corrección de desigualdades, generando actuaciones específicas dirigidas a los jóvenes residentes en el medio rural.»
En la página 4, en el artículo 7, apartado 3:
Donde dice:
«3. La Comisión de Coordinación para la política de Juventud tendrá como funciones,además de las que reglamentariamente se la puedan atribuir, las siguientes:»
Debe decir:
«3. La Comisión de Coordinación para la política de Juventud tendrá como funciones, además de las que reglamentariamente se le puedan atribuir, las siguientes:»
En la página 5, en el artículo 8, apartado 2.c):
Donde dice:
«c) Vocales: Los titulares de en materia de Juventud de las Corporaciones Locales.»
Debe decir:
«c) Vocales: Los titulares en materia de Juventud de las Corporaciones Locales.»
En la página 5, en el artículo 8, apartado 4:
Donde dice:
«4. La Comisión de Juventud de Castilla y León tendrá como funciones, además de las que se la puedan atribuir reglamentariamente, las siguientes:»
Debe decir:
«4. La Comisión de Juventud de Castilla y León tendrá como funciones, además de las que se le puedan atribuir reglamentariamente, las siguientes:»
En la página 7, en el artículo 24, apartado 6:
Donde dice:
«6. Corresponden a las escuelas de animación juvenil y tiempo libre reconocidas, la realización de las siguientes actividades formativas, con exclusión de aquellas desempeñadas por la Escuela de Formación Juvenil de Castilla y León:»
Debe decir:
«6. Corresponde a las escuelas de animación juvenil y tiempo libre reconocidas, la realización de las siguientes actividades formativas, con exclusión de aquellas desempeñadas por la Escuela de Formación Juvenil de Castilla y León:»
En la página 8, en el artículo 32.c):
Donde dice:
«c) Realizar tareas de inspección y seguimiento de los puntos y antenas información juvenil reconocidos a efectos, exclusivamente, de la posible revocación de los mismos.»
Debe decir:
«c) Realizar tareas de inspección y seguimiento de los puntos y antenas de información juvenil reconocidos a efectos, exclusivamente, de la posible revocación de los mismos.»
En la página 11, en el artículo 62, apartado 3.b):
Donde dice:
«b) Aprobar los presupuestos y del programa de actuación.»
Debe decir:
«b) Aprobar los presupuestos y el programa de actuación.»
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