Las Cortes de Castilla y León comunican que se ha producido un error en la certificación del texto aprobado por el Pleno en el Proyecto de Ley de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad de Castilla y León, en particular en su artículo 20.º, apartado 4.
Por todo ello, procede efectuar la oportuna corrección al texto de la Ley 13/2001, de 20 de diciembre, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad de Castilla y León, publicada en el «B.O.C. y L.» suplemento al n.º 249, de fecha 26 de diciembre de 2001, en los siguientes términos:
En la página 31, en el artículo 20.º, apartado 4:
Donde dice:
«4.– No podrán participar en el procedimiento de autorización de nuevas oficinas de farmacia los titulares de una oficina de farmacia instalada en la misma zona farmacéutica para la que se pretenda la nueva apertura, salvo para las zonas farmacéuticas rurales cuando dicha apertura sea en otro municipio.
Tampoco podrán participar en el procedimiento de autorización de nuevas oficinas de farmacia en la misma zona farmacéutica, los cotitulares con porcentaje igual o superior al 50%.
En ningún caso podrán participar en el procedimiento de autorización de nuevas oficinas de farmacia los farmacéuticos que tengan cumplidos los 65 años de edad en el momento de su iniciación ni los titulares de una oficina».
Debe decir:
«4.– En ningún caso podrán participar en el procedimiento de autorización de nuevas oficinas de farmacia los farmacéuticos que tengan cumplidos los 65 años de edad en el momento de su iniciación ni los titulares de una oficina de farmacia instalada en la misma zona farmacéutica para la que se pretenda la nueva apertura, salvo para las zonas farmacéuticas rurales cuando dicha apertura sea en otro municipio.
Tampoco podrán participar en el procedimiento de autorización de nuevas oficinas de farmacia en la misma zona farmacéutica, los cotitulares con porcentaje igual o superior al 50%».
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