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Documento BOE-A-1939-5986

Orden de 14 de marzo de 1939 fijando el sentido que ha de darse al artículo 102 del Reglamento de 3 de septiembre de 1880, dictado para aplicación de la Ley de Propiedad Intelectual.

Publicado en:
«BOE» núm. 94, de 4 de abril de 1939, páginas 1930 a 1930 (1 pág.)
Departamento:
Ministerio de Educación Nacional
Referencia:
BOE-A-1939-5986

TEXTO ORIGINAL

La falta de precisión con que se determina en el artículo 102 del Reglamento de 5 de septiembre de 1880, dado para aplicación de la Ley de Propiedad Intelectual, lo que debe entenderse por total producto de cada representación, o sea, la base para aplicación del tanto por ciento que han de percibir los propietarios de obras dramáticas o musicales o, en su representación, la Sociedad de Autores Españoles, da origen a conflictos entre ésta y las Empresas de Espectáculos, conflictos originados por la disparidad de criterios en la interpretación del referido artículo.

Teniendo en cuenta razones de equidad, los gravámenes que pesan sobre las Empresas de espectáculos, que los Autores de numerosas provincias no perciben el tanto por ciento de la entrada, sino derechos fijos, por estimarlos más convenientes a sus intereses, y adoptando el actual criterio ante la situación del Teatro en la España Nacional.

Este ministerio ha resuelto:

El artículo 102 del Reglamento de 3 de septiembre de 1880, dictado para aplicación de la Ley de Propiedad Intelectual vigente, debe interpretarse en el sentido de que sean deducibles para fijar el total producto de una representación los impuestos que satisfacen las Empresas para Beneficencia y Subsidio pro combatientes.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Vitoria, 14 de marzo de 1939.­—III Año Triunfal.

PEDRO SAINZ RODRÍGUEZ

Ilmo. Sr. Jefe de los Servicios de Archivos, Bibliotecas y Registro de la Propiedad Intelectual.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 14/03/1939
  • Fecha de publicación: 04/04/1939
  • Entrada en vigor: 24 de abril de 1939.
Referencias anteriores
  • INTERPRETA el art. 102 del Reglamento aprobado por Real Decreto de 3 de septiembre de 1880 (Gazeta) (Ref. BOE-A-1880-6366).
Materias
  • Propiedad Intelectual

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