Ley por la que se dispone que la desobediencia, incumplimiento, irregularidad o negligencia en la ejecución de órdenes o disposiciones del Gobierno o cualquiera de sus Ministros en materia de producción, abastecimiento o transporte, será sancionada con arreglo a la Ley de 26 de septiembre de 1939.
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«Boletín Oficial del Estado» núm. 5, de 5 de enero de 1941, páginas 86 a 87 (2 págs.)