Ley de 19 de septiembre de 1942 por la que se modifica el concepto que en el presupuesto en vigor de la Sección tercera de Obigaciones de los Departamentos ministeriales, 'Ministerio de la Gobernación', figura destinado a combatir la aparición de epidemias de carácter anormal o pestilencial, en el sentido de incluir en él los gastos que ocasionen otras enfermedades endémicas, y las subvenciones a Corporaciones públicas u Organismos oficiales que colaboren con el Estado en la lucha antiepidémica.
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«Boletín Oficial del Estado» núm. 274, de 1 de octubre de 1942, páginas 7736 a 7736 (1 pág.)