Ley por la que se dispone que las empresas de energía eléctrica o dedicadas a la fabricación de productos nitrogenados y a la explotación de la minería, no acogidas al régimen de beneficios establecidos para las industrias de "interés nacional" , podrán gozar de desgravación por la Tarifa tercera sobre la contribución de Utilidades de la riqueza mobiliaria.
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«Boletín Oficial del Estado» núm. 137, de 17 de mayo de 1945, páginas 4032 a 4035 (4 págs.)