Reglamento número 4 que ha de unirse al Acuerdo relativo a la adopción de condiciones uniformes de homologación y el reconocimiento recíproco de la homologación de los equipos y piezas de vehículos de motor, firmado en Ginebra el 20 de marzo de 1958.
Publicado en:
«BOE» núm. 299, de 15 de diciembre de 1967, páginas 17355 a 17357 (3 págs.)
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ANÁLISIS
Rango: Acuerdo Internacional
Fecha de disposición: 20/11/1967
Fecha de publicación: 15/12/1967
Fecha de entrada en vigor: 15/04/1964
Fecha Resolución Ministerio de Asuntos Exteriores: 20 de noviembre de 1967.
Referencias posteriores
SE DICTA EN RELACIÓN con el art. 24.2 de la Ley 25/2014, de 27 de noviembre, y se publican las comunicaciones recibidas, por Resolución de 21 de julio de 2015 (Ref. BOE-A-2015-8472).
SE PUBLICA el texto revisado en BOE núm. 75, de 27 de marzo de 1968 (Ref. BOE-A-1968-383).
Referencias anteriores
DE CONFORMIDAD con el Acuerdo de 20 de marzo de 1958 (Ref. BOE-A-1962-213).