Advertidos errores en el texto remitido para su publicación del citado Decreto, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 156, de fecha 29 de junio de 1968, páginas 9573 y 9574. se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En el artículo noveno, líneas octava y novena, donde dice: «... dos representantes de la Empresa o Empresas beneficiarias, y uno o más Vocales...», debe decir: «... dos representantes de la Entidad beneficiaria, y uno o más Vocales...»
En el mismo artículo, líneas 14 y 15, donde dice: «Las Empresas someterán a dicha Comisión...», debe decir: «Las Entidades beneficiarias someterán a dicha Comisión...»
En el artículo undécimo, líneas quinta y sexta, donde dice: «... destinándose a la financiación de nuevos plazos concertados.», debe decir: «... destinándose a la financiación de nuevos planes concertados.»
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