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ANÁLISIS
Rango: Acuerdo Internacional
Fecha de disposición: 29/06/1970
Fecha de publicación: 19/09/1970
Fecha de entrada en vigor: 01/10/1970
Ratificación por instrumento de 19 de agosto de 1970.
Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Publicada en núms. 225 a 229, de 19 a 24 de septiembre de 1970.
Referencias posteriores
SE DICTA EN RELACIÓN, sobre adhesión de Grecia a la Comunidad: Protocolo de 12 de diciembre de 1980 (Ref. BOE-A-1984-7149).
SE DICTA DE CONFORMIDAD:
con el art. 3, determinándose los tipos de gravamen del impuesto sobre el lujo: Orden de 17 de diciembre de 1982 (Ref. BOE-A-1983-343).
sobre Unificación de Instrucciones: Circular 809/1978, de 29 de noviembre (Ref. BOE-A-1979-98).
SE SUSPENDE la aplicación, para el año 1973 y en la forma indicada, de los arts. 2, párrafos 1 y 2; 8 y ,9, por Protocolo de 29 de enero de 1973 (Ref. BOE-A-1973-462).
CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 302, de 18 de diciembre de 1970 (Ref. BOE-A-1970-1381).
SE DICTA DE CONFORMIDAD con el art. 1 del Anejo 2, disponiendo aplicación de Reducciones arancelarias: Decreto 2705/1970, de 23 de septiembre (Ref. BOE-A-1970-1059).
SE PUBLICA la entrada vigor el 1 de octubre de 1970, por Resolución de 26 de septiembre de 1970 (Ref. BOE-A-1970-48496).
SE COMPLETA:
por Circular 652/1970, de 1 de septiembre (Ref. BOE-A-1970-1036).
por Circular 651/1970, de 1 de septiembre (Ref. BOE-A-1970-1035).
Referencias anteriores
DE CONFORMIDAD con:
el Tratado Constitutivo CECA de 18 de abril de 1951 (Ref. BOE-A-1986-2).
Reglamento (CEE) 136/66, de 22 de septiembre (Ref. DOUE-X-1966-60021).
Acuerdo de 30 de octubre de 1947 (GATT) (Ref. BOE-A-1964-162).