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Documento BOE-A-1971-1015

Orden por la que se fija el coeficiente que deben aportar las Entidades y Organismos abligados al sostenimiento del servicio común de la Seguridad Social «Fondo Compensador de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales» para el ejercicio económico de 1971.

Publicado en:
«BOE» núm. 187, de 6 de agosto de 1971, páginas 12847 a 12848 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Trabajo
Referencia:
BOE-A-1971-1015

TEXTO ORIGINAL

Texto no disponible. Consulte el documento PDF de esta disposición.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 29/07/1971
  • Fecha de publicación: 06/08/1971
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con los arts. 20.1 y 25 norma 2 del Reglamento aprobado por Orden de 9 de mayo de 1962.
  • CITA:
    • Ley de la Seguridad social, texto articulado aprobado por Decreto 907/1966, de 21 de abril (Ref. BOE-A-1966-6647).
    • Decreto 792/1961 de 13 de abril de 1961 (Ref. BOE-A-1961-10345).
    • Orden de 6 de agosto de 1963.
Materias
  • Accidentes de trabajo y enfermedades profesionales
  • Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social
  • Fondo Compensador de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales
  • Mutualidades Laborales

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