Orden por la que se fija el coeficiente que deben aportar las Entidades y Organismos abligados al sostenimiento del servicio común de la Seguridad Social «Fondo Compensador de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales» para el ejercicio económico de 1971.
Publicado en:
«BOE» núm. 187, de 6 de agosto de 1971, páginas 12847 a 12848 (2 págs.)