Orden de 30 de julio de 1974 por la que se determinan las condiciones que deben reunir los aparatos elevadores de propulsión hidráulica y las normas para la aprobación de sus equipos impulsores.
Publicado en:
«BOE» núm. 190, de 9 de agosto de 1974, páginas 16416 a 16416 (1 pág.)