Está Vd. en

Documento BOE-A-1975-14426

Resolución de la Dirección General de Ordenación Educativa por la que se amplía la de la Dirección General de Programación e Inversiones de 10 de noviembre de 1973 («Boletín Oficial del Estado» del día 26) por la que se dictan instrucciones para la promoción de centros de enseñanza no estatal, acogidos a la Ley de 15 de julio de 1954 y Decreto de 25 de marzo de 1955 sobre declaraciones de interés social.

Publicado en:
«BOE» núm. 161, de 7 de julio de 1975, páginas 14684 a 14685 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Educación y Ciencia
Referencia:
BOE-A-1975-14426

TEXTO ORIGINAL

El Decreto 2589/1974, de 9 de agosto, dictó normas complementarias a lo establecido en el Decreto de 25 de marzo de 1955, que reglamentó la aplicación de la Ley de 15 de julio de 1954 sobre medidas de protección jurídica y facilidades crediticias en materia de construcción de centros de enseñanza, considerando la adquisición de edificios destinados a centros docentes, incluida dentro de los supuestos previstos en el artículo 1.° de la mencionada Ley; pudiendo, por tanto, acogerse a los beneficios de la declaración de «interés social», lo que hace necesario determinar los requisitos precisos para la incoación de los expedientes calificadores de los citados beneficios. Por lo cual, esta Dirección General, en virtud de lo establecido en el artículo 4.° del Decreto de 9 de agosto de 1974 ha resuelto ampliar la Resolución de la Dirección General de Programación e Inversiones de 10 de noviembre de 1973 («Boletín Oficial del Estado del día 26) por la que se dictan instrucciones para la promoción de centros de enseñanza no estatal, acogidos a la Ley de 15 de julio de 1954 y Decreto de 25 de marzo de 1955 sobre declaraciones de interés social, con nuevos anexos en los que se enumeran los documentos a presentar en los supuestos de declaración de «interés social» en el caso de Adquisición de Inmuebles.

Lo digo a VV. SS. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a VV. SS.

Madrid, 13 de mayo de 1975.–El Director general, José Ramón Masaguer.–Sres. Delegados provinciales de Educación y Ciencia.

ANEXO 1 BIS (ADQUISICION DE INMUEBLES)
Documentos que se precisan para la declaración de «interés social» en el caso de adquisición de inmuebles

1.º Instancia dirigida al excelentísimo señor Ministro, según modelo que se cita.

2.° Plano que describa el inmueble en su estado actual y, en su caso, proyecto de las obras a realizar, por duplicado ejemplar.

3.° Documento o fotocopia de opción de compra del edificio.

4.° Valor del edificio y presupuesto de las obras a realizar, si estas son necesarias.

5.° Informe de la Jefatura Provincial de Sanidad sobre las condiciones higiénicas del inmueble que se pretende adquirir y si Son necesarias obras de adaptación sobre el proyecto.

6.° Declaración por la que el solicitante se compromete a interesar, una vez que el centro esté adaptado, el reconocimiento oficial, según el grado de enseñanza que se haya de impartir en el futuro Centro docente.

Si se trata de traslado de un Centro en funcionamiento, se acompañará al expediente copia autorizada del reconocimiento oficial en el grado o grados de enseñanza que se impartan en el mismo.

7.° Declaración jurada por la que se compromete el Centro solicitante a cumplir con la legislación vigente en materia de protección escolar. Orden ministerial de 27 de abril de 1959 («Boletín Oficial del Estado» del 28).

8.° Memoria de la Dirección del Centro sobre las actividades que piensa llevar a efecto de carácter pedagógico y asistencial. Si el Centro no es de nueva creación, sino ampliación o traslado, la Memoria deberá referirse a las actividades que realizará y se unirá a la misma relación del número total do matriculados durante el último curso en el Centro.

9.° Número de plazas escolares de nueva creación.

10. Declaración de los precios que perciban o pretendan percibir, según se trate de un Centro que esté o no en funcionamiento. Dicha declaración deberá realizarse con arreglo al modelo que se acompaña como anexo 2 (BIS).

ANEXO 2 (BIS) ADQUISICION DE INMUEBLES
Cuadro de Precios
Enseñanzas Precio por alumno y año
A) Enseñanzas regladas:  
1.° Educación Preescolar.  
2.° Educación General Básica.  
3.° Bachillerato.  
4.° COU.  
5.°  
6.°  
7.°  
B) Otras enseñanzas:  
1.°  
2.°  
3.º  
4.°  

Imagen: /datos/imagenes/disp/1975/161/14426_8813850_image1.png

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 13/05/1975
  • Fecha de publicación: 07/07/1975
Referencias anteriores
Materias
  • Centros de enseñanza

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid