Está Vd. en

Documento BOE-A-1975-20329

Decreto 2253/1975, de 12 de septiembre, por el que se prorroga por tres meses la suspensión de aplicación de derechos arancelarios a la importación de café sin tostar y cacao en grano crudo.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 235, de 1 de octubre de 1975, páginas 20729 a 20729 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio
Referencia:
BOE-A-1975-20329

TEXTO ORIGINAL

El Decreto mil setecientos sesenta y cinco/mil novecientos setenta y cinco, de diecisiete de julio, dispuso la suspensión total de aplicación de derechos arancelarios a la importación de café sin tostar y de cacao en grano crudo.

Por subsistir, las razones y circunstancias que determinaron dicha suspensión, es aconsejable prorrogarla, haciendo uso a tal efecto de la facultad conferida al Gobierno en el artículo sexto, apartado dos, de la vigente Ley Arancelaria.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Comercio, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día doce de septiembre de mil novecientos setenta y cinco,

DISPONGO:

Artículo único.

En el período trimestral comprendido entre los días veintiuno de septiembre y veinte de diciembre, ambos inclusive, del presente año, seguirá vigente la suspensión total de aplicación de los derechos arancelarios establecidos a la importación de café sin tostar y cacao en grano, crudo, clasificados, respectivamente, en las partidas cero nueve punto cero uno-A (uno y dos) y dieciocho punto cero uno-A del Arancel de Aduanas; suspensión que fué dispuesta por Decreto mil setecientos sesenta y cinco/mil novecientos setenta y cinco.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a doce de septiembre de mil novecientos setenta y cinco.

FRANCISCO FRANCO

El Ministro de Comercio,

JOSE LUIS CERON AYUSO

ANÁLISIS

  • Rango: Decreto
  • Fecha de disposición: 12/09/1975
  • Fecha de publicación: 01/10/1975
  • Vigencia de la prórroga desde el 21 de septiembre hasta el 20 de diciembre de 1975.
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • PRORROGA la Suspensión Prevista en el Decreto 1765/1975, de 17 de julio (Ref. BOE-A-1975-15826).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 6.2 de la Ley 1/1960, de 1 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7005).
  • CITA arancel aprobado por Decreto 999/1960, de 30 de mayo (Ref. BOE-A-1960-7965).
Materias
  • Cacao
  • Café
  • Importaciones

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid