Advertidos errores y omisiones en el texto remitido para su publicación de la Ordenanza Laboral de la Industria Azucarera aneja a la citada Orden, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 288, del día 1 de los corrientes, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 25015, segunda columna, primera línea, donde dice: «d) Auxiliares de tercera», debe decir: «d) Oficiales de tercera».
En la misma página y columna, entre el apartado d), tal como queda rectificado, y el f), se intercala un nuevo aparcado que dice: «e) Oficiales de segunda».
En la página 25017, segunda columna, línea undécima, donde dice: «de primera, será por...», debe decir: «de segunda, será por...».
En la misma página y columna, línea 36, donde dice: «De Técnico de Organización de segunda y primera,...», debe decir: «De Técnico de Organización de segunda a primera...».
En la línea 38 de la misma página y columna, donde dice: «...nicos de Organización de primera y Auxiliares de Organización.», debe decir: «...nicos de Organización de segunda y Auxiliares de Organización.».
En la página 25019, primera columna, artículo 61, tercera línea, donde dice: «general, en su caso, por...», debe decir: «general y, en su caso, por...».
En la página 25023, segunda columna, última línea, donde dice: «...forme a ellos, realizar las labores de batir, estirar, trazar, plan-...», debe decir: «...forme a ellos, realizar las labores de batir, estirar, soldar, trazar, plan-...».
En la página 25024, primera columna, sexta línea desde el final, donde dice: «enlatar, correr molduras y hacer tiroleses y...», debe decir: «enlatar, correr molduras y hacer tirolesas y...».
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