Advertidos errores en el texto del citado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 119, de fecha 18 de mayo de 1976, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 9509, Artículo segundo, Dos, donde dice: «Las Comisiones Provinciales de Servicios Técnicos afectados», debe decir: «Las Comisiones Provinciales de Servicios Técnicos afectadas».
En la página 9510, Artículo tercero, a), donde dice: «incluídas», debe decir: «incluídos»; c), donde dice: «salvo aquéllas», debe decir: «salvo aquéllos»; d), donde dice: «financiadas», debe decir: «financiados»; donde dice: «subvencionadas», debe decir: «subvencionados».
Artículo cuarto, b), donde dice: «municipales», debe decir: «municipales».
Artículo quinto, último párrafo, donde dice: «núcleoss», debe decir: «núcleos».
Artículo octavo, Dos, donde dice: «Dos planes comarcales», debe decir: «Los planes comarcales».
Artículo noveno, donde dice: «que figuren incluídos», debe decir: «que figuren incluídas».
En la página 9511, Artículo catorce, B), donde dice: «redacción de proyecto», debe decir: «redacción de proyectos».
Artículo dieciséis, donde dice: «para las obras y servicios en él excluídas», debe decir: «para las obras y servicios en él incluídas».
Artículo diecisiete, párrafo primero, donde dice: «incluídas», debe decir: «incluídos». En el párrafo tercero, donde dice: «A iniciativa», debe decir: «A iniciativa».
Artículo dieciocho, Segundo, donde dice: «a la aportación figurada», debe decir: «a las aportaciones figuradas».
Artículo veinticinco (final), donde dice: «íntegramente», debe decir: «integrante».
En la página 9512, Disposición transitoria primera, donde dice: «que se señale», debe decir: «que se señalen».
Disposición transitoria tercera, Dos, c), donde dice: «En cuanto a la presentación de garantía», debe decir: «En cuanto a la prestación de garantía».
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