Por Decreto tres mil setecientos/mil novecientos setenta y cuatro, de veinte de diciembre, se prorrogó durante el período impositivo de mil novecientos setenta y cinco la vigencia de las normas sobre valoración y aplicación de los signos externos de renta gastada en el Impuesto General sobre la Renta, de las Personas Físicas, aprobadas por Decreto tres mil trescientos noventa y uno/mil novecientos setenta y tres, de veintiuno de diciembre,
No habiendo motivos que aconsejen modificar dichas normas, se estima conveniente prorrogarlas de nuevo para el año mil novecientos setenta y seis.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Hacienda, con el informe favorable del Jurado Central Tributario y previa deliberación del Consejo de Ministros en su sesión del día diecinueve de diciembre de mil novecientos setenta y cinco,
DISPONGO:
Se prorroga durante el período impositivo de mil novecientos setenta y seis la vigencia de las normas sobre valoración y aplicación de los signos externos de renta gastada en el Impuesto General sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobadas por Decreto tres mil trescientos noventa y uno/mil novecientos setenta y tres, de veintiuno de diciembre.
Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a diecinueve de diciembre de mil novecientos setenta y cinco.
JUAN CARLOS
El Ministro de Hacienda,
JUAN MIGUEL VILLAR MIR
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