Excelentísimos señores:
Teniendo en cuenta la necesidad de la industria quesera de finalizar sus existencias y de proveerse de medios técnicos y mecánicos, así como de diverso material, para el mejor cumplimiento de lo dispuesto en la Orden de la Presidencia del Gobierno por la que se aprueban las normas de calidad para los quesos «Cheddar», «Edam», «Gouda», «Emmental», «Gruyère» y «Danablu», y habiéndose advertido una errata en la humedad del queso «Mini-Edam», de acuerdo con el Decreto 1043/1973, de 17 de mayo, por el que se regula la normalización de productos ganaderos en el mercado interior, vistos los acuerdos del F.O.R.P.P.A. y a propuesta de los Ministerios de la Gobernación, de Agricultura y de Comercio, esta Presidencia del Gobierno dispone:
La aplicación de las normas de calidad para los quesos «Cheddar», «Edam», «Gouda», «Emmental», «Gruyère» y «Danablu», aprobadas por Orden de la Presidencia del Gobierno de 29 de noviembre de 1975, queda en suspenso hasta el 1 de enero de 1977.
En el anejo 2 de la citada Orden punto 8.1.2, donde dice: «Humedad: Máximo del 46 por 100», debe decir: «Humedad: Máximo del 47 por 100».
Lo digo a VV. EE. a los procedentes efectos.
Dios guarde a VV. EE.
Madrid, 26 de julio de 1976.
OSORIO
Excmos. Sres. Ministros de la Gobernación, de Agricultura y de Comercio.
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