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Documento BOE-A-1976-543

Decreto 3543/1975, de 5 de diciembre, por el que se prorroga la Resolución-tipo para la construcción, en régimen de fabricación mixta, de excavadoras hidráulicas de capacidades de cuchara comprendidas entre 300 y 1.000 litros, establecida por Decreto 916/1969.

Publicado en:
«BOE» núm. 9, de 10 de enero de 1976, páginas 528 a 528 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio
Referencia:
BOE-A-1976-543

TEXTO ORIGINAL

El Decreto novecientos dieciséis/mil novecientos sesenta y nueve, de dos de mayo, que aprobó la Resolución-tipo para la construcción, en régimen de fabricación mixta, de excavadoras hidráulicas de capacidades de cuchara comprendidas entre trescientos y mil litros, determina en su artículo décimo la posibilidad de prorrogar el plazo de vigencia de dicha Resolución si las circunstancias económicas así lo aconsejan. Este Decreto ha sido modificado y prorrogado por Decretos dos mil treinta y tres/mil novecientos setenta y uno, de quince de julio; mil ciento treinta y ocho/mil novecientos setenta y cuatro, de cinco de abril, y ciento doce/mil novecientos setenta y cinco, de dieciséis de enero.

Dada la existencia en la actualidad de las mismas circunstancias que motivaron las prórrogas del plazo de vigencia, y de acuerdo con el artículo quinto, apartado tercero, del Decreto-ley número siete, de treinta de junio de mil novecientos sesenta y siete, procede prorrogar nuevamente la vigencia de la mencionada Resolución-tipo.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Comercio y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día cinco de diciembre de mil novecientos setenta y cinco,

DISPONGO:

Artículo único.

Se prorroga, por un plazo de dos años, a partir de la fecha de su caducidad, la Resolución-tipo para la construcción, en régimen de fabricación mixta, de excavadoras hidráulicas de capacidades de cuchara comprendidas entre trecientos y mil litros, establecida por Decreto novecientos dieciséis/mil novecientos sesenta y nueve, de dos de mayo, modificada y prorrogada por Decretos dos mil treinta y tres/ mil novecientos setenta y uno, de quince de julio; mil ciento treinta y ocho/mil novecientos setenta y cuatro, de cinco de abril, y ciento doce/mil novecientos setenta y cinco, de dieciséis de enero.

Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a cinco de diciembre de mil novecientos setenta y cinco.

JUAN CARLOS

El Ministro de Comercio,

JOSE LUIS CERON AYUSO

ANÁLISIS

  • Rango: Decreto
  • Fecha de disposición: 05/12/1975
  • Fecha de publicación: 10/01/1976
Referencias anteriores
Materias
  • Bienes de equipo
  • Importaciones
  • Maquinaria

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