Designado por el Decreto tres mil doscientos treinta y seis/ mil novecientos setenta y cinco, de once de diciembre, el Vicepresidente del Gobierno para Asuntos de la Defensa, se hace necesario dotarle de un órgano de trabajo que le auxilie directamente en el desempeño de sus funciones.
En su virtud, a propuesta del Ministro de la Presidencia del Gobierno y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día nueve de enero de mil novecientos setenta y seis,
DISPONGO:
Se crea en la Presidencia del Gobierno el Gabinete del Vicepresidente del Gobierno para Asuntos de la Defensa, que tendrá como misión la asistencia inmediata al Vicepresidente en los asuntos que dicha autoridad le encomiende.
A propuesta del Vicepresidente del Gobierno para Asuntos de la Defensa, los Departamentos correspondientes designarán, con cargo a sus plantillas y presupuestos, el personal que haya de integrar el Gabinete que se crea.
La organización interna del Gabinete será establecida por el Vicepresidente del Gobierno para Asuntos de la Defensa, con arreglo a las necesidades funcionales de un órgano de trabajo de esta naturaleza.
Se autoriza a la Presidencia del Gobierno para dictar las disposiciones necesarias en desarrollo del presente Decreto, que entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Así lo dispongo por el presente Decreto, dado en Madrid a nueve de enero de mil novecientos setenta y seis.
JUAN CARLOS
El Ministro de la Presidencia del Gobierno,
ALFONSO OSORIO GARCIA
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid