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Documento BOE-A-1977-11367

Real Decreto 926/1977, de 28 de marzo, por el que se reorganizan las zonas recaudatorias de la provincia de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 108, de 6 de mayo de 1977, páginas 9906 a 9907 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1977-11367

TEXTO ORIGINAL

Con el propósito de facilitar a los sujetos pasivos el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y, al propio tiempo, conseguir el mejor desenvolvimiento del servicio en las zonas de recaudación de la provincia de Madrid, resulta aconsejable llevar a efectos una reorganización de sus demarcaciones actuales, adaptando las de la capital a los distritos municipales dispuestos por Orden del Ministerio de la Gobernación de veintidós de octubre de mil novecientos setenta, con lo que se elevará a dieciocho el número de las existentes, y dividiendo, además, el territorio de las de Alcalá de Henares y Getafe, cuyo exceso de contenido dificulta, igualmente, las posibilidades de los Órganos encargados de la cobranza.

La apremiante necesidad de aplicar esta medida, su indudable trascendencia y el hecho de hallarse provistas la casi totalidad de las zonas cuya demarcación ha de ser modificada, justifican el procedimiento sumario que, por excepción, para este caso concreto exclusivamente, se establece en el presente Real Decreto para, sin lesionar derechos adquiridos por los Recaudadores, proceder a la adjudicación de las nuevas zonas que se implantan en el ámbito de la capital.

En su virtud, a propuesta del Ministro de Hacienda, de conformidad con el dictamen del Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros de veinticuatro de marzo de mil novecientos setenta y siete,

DISPONGO:

Artículo 1.

A partir del uno de julio próximo, las zonas de recaudación de tributos del Estado de la capital de Madrid y su denominación serán las siguientes: Zona primera, Centro; zona segunda, Arganzuela; zona tercera, Retiro; zona cuarta, Salamanca; zona quinta, Chamartín; zona sexta, Tetuán; zona séptima, Chamberí; zona octava, Fuencarral; zona novena, Moncloa; zona diez, La Latina; zona once, Carabanchel; zona doce, Villaverde; zona trece, Mediodía; zona catorce, Vallecas; zona quince, Moratalaz; zona dieciséis. Ciudad Lineal; zona diecisiete, San Blas y zona dieciocho, Hortaleza.

Los límites de estas zonas se precisarán por Orden del Ministerio de Hacienda, conforme a los respectivos distritos municipales.

Artículo 2.

A partir de igual fecha, las zonas de Alcalá de Henares y Getafe quedarán divididas cada una de ellas en dos demarcaciones independientes, que se denominarán zona primera de Alcalá de Henares y zona segunda de Alcalá de Henares; zona primera de Getafe y zona segunda de Getafe, cuyos respectivos territorios estarán constituidos por los términos municipales que igualmente determine el Ministerio de Hacienda.

Artículo 3.

La Delegación de Hacienda de Madrid, dispondrá la confección de los documentos cobratorios que deban regir a partir del mes de julio, y formulará los correspondientes cargos a Recaudación ajustados a la constitución de las zonas que se derivan de esta reforma.

Artículo 4.

Se faculta al Ministerio de Hacienda para dictar las disposiciones convenientes al desarrollo y efectividad de este Real Decreto y, en particular, para establecer el acoplamiento de los actuales Recaudadores de las zonas de la capital afectadas por la reforma a las resultantes de la organización que se implanta, según el orden de los cargos anuales de cobranza voluntaria de las primeras, y con derecho preferente para ocupar aquella cuya mayor parte de su territorio proceda del que ocupen en la actualidad.

Dado en Madrid a veintiocho de marzo de mil novecientos setenta y siete.

JUAN CARLOS

El Ministro de Hacienda,

EDUARDO CARRILES GALARRAGA

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 28/03/1977
  • Fecha de publicación: 06/05/1977
  • Fecha de entrada en vigor: 26/05/1977
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Referencias anteriores
  • CITA Orden de 22 de octubre de 1970.
Materias
  • Madrid
  • Recaudación

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