Advertido error en el texto remitido para su publicación del citado Real Decreto, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 185, de fecha 4 de agosto de 1977, páginas 17371 a 17378, se transcribe a continuación la oportuna rectificación:
En la página 17375, segunda columna, disposición final primera, línea tercera, donde dice: «... el Director general de Inspección Tributaria distribuirá las funciones de la Inspección...»; debe decir: «... el Director general de Inspección Tributaria distribuirá los funcionarios de la Inspección...»
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