Excmos. e Ilmo. Sres.: En los recursos contencioso-administrativos números 401.512 y 401.515. acumulados, seguidos en única instancia ante la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, promovidos, respectivamente, por el Procurador don Femando Aguilar Galiana, en nombre y representación de don José María Villar Romero y otros, y por el también Procurador don Santos Gandarillas Carmona, en nombre y representación del Real Automóvil Club de España, contra Decreto de 13 de agosto de 1971, y Orden de 22 de septiembre siguiente, sobre modificación del artículo 286 del Código de la Circulación, con fecha 14 de febrero de 1977 se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva dice lo siguiente:
«Fallamos. Que debemos declarar y declaramos inadmisible el recurso contencioso-administrativo número cuatrocientos un mil quinientos doce, promovido por el Procurador señor Aguilar Galiana, en nombre y representación de don José María Villar y Romero, y demás que figuran en el encabezamiento de la sentencia, que asimismo debemos declarar no haber lugar a la inadmisión aducida frente al recurso contencioso-administrativo tramitado con el número cuatrocientos un mil quinientos quince y promovido por el Procurador señor Gandarillas Carmona, en nombre y representación del Real Automóvil Club de España, contra la Administración General del Estado sobre impugnación, en vía directa, del Decreto dos mil cuarenta y siete/mil novecientos setenta y uno, de trece de agosto, y Orden de desarrollo de veintidós de septiembre del mismo año; y en consecuencia debemos estimar y estimamos este último recurso declarando nulas, por no ajustadas a derecho, las disposiciones Impugnadas en este proceso; todo ello sin expresa condena en costas.»
En su virtud, este Ministerio ha tenido a bien disponer que se cumpla en sus propios términos la referida sentencia, publicándose el aludido fallo en el «Boletín Oficial del Estado».
Lo que por la presente Orden digo a VV. EE. y V. I. para su conocimiento y efectos consiguientes.
Dios guarde a VV. EE y V. I. muchos años.
Madrid, 6 de agosto de 1977.
MARTIN VILLA
Excmos. Sres. Subsecretario del Interior y Gobernadores civiles, e ilustrísimo señor Director general de Tráfico.
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