Advertidos errores en el texto del citado Acuerdo, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 255, de fecha 25 de octubre de 1977, páginas 23378 a 23384, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
Artículo 15. Dice: «Para determinar el grado de inválidos ......».
Debe decir: «Para determinar el grado de invalidez......».
Artículo 31. Dice: «...... lo solicitará, si es preciso, del Organismo de otro país......».
Debe decir: «...... lo solicitará, si es preciso, del Organismo del otro país......».
Articulo 38. Dice: «...... dozavas partes......».
Debe decir: «...... doceavas partes......».
Lo que se hace público para conocimiento general.
Madrid, 14 de noviembre de 1977.–El Secretario general Técnico, Fernando Arias-Salgado y Montalvo.
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