Ilustrísimo señor:
El Decreto 561/1974, de 1 de marzo, reorganizó los servicios de la Comisión de Planeamiento y Coordinación del Area Metropolitana de Madrid, disponiendo en su artículo 2.° que como servicio dependiente del ilustrísimo señor Delegado del Gobierno quedaba adscrita la Intervención Delegada de la Intervención General de la Administración del Estado.
En consecuencia, en uso de las facultades conferidas en el artículo 22.6 del Reglamento del Area Metropolitana de Madrid, aprobado por Decreto 3088/1904, de 28 de septiembre, en relación con el artículo 2.° de la Ley de Procedimiento Administrativo, de 17 de julio de 1958, y previa la aprobación de la Presidencia del Gobierno a que hace referencia el artículo 130.2 de dicha Ley,
Este Ministerio ha tenido a bien disponer:
La Intervención Delegada de la Intervención General de la Administración del Estado que depende directamente del ilustrísimo señor Delegado del Gobierno de la Comisión de Planeamiento y Coordinación del Area Metropolitana de Madrid, según el Decreto 561/1974, de 1 de marzo, se estructura en las siguientes unidades a nivel orgánico de Sección y Negociado:
INTERVENCION DELEGADA
1. Sección de Contabilidad.
1.1. Negociado de Contabilidad Presupuestaria.
1.2. Negociado de Contabilidad Patrimonial.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en la presente Orden.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 23 de febrero de 1977.
LOZANO VICENTE
Ilmo. Sr. Delegado del Gobierno en la Comisión de Planeamiento y Coordinación del Area Metropolitana de Madrid.
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