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Documento BOE-A-1977-7447

Orden de 7 de marzo de 1977 por la que se regula el Servicio de Movilización del Ministerio de Asuntos Exteriores.

Publicado en:
«BOE» núm. 70, de 23 de marzo de 1977, páginas 6600 a 6601 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores
Referencia:
BOE-A-1977-7447

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimos señores:

La Ley básica de Movilización Nacional 50/1969, de 26 de abril, crea el Servicio de Movilización Nacional, y el Decreto 2059/1969, de 16 de agosto, desarrolla lo que aquélla dispone respecto a la creación de los servicios de movilización en los distintos Departamentos ministeriales y en la Secretaria General del Movimiento.

Por Orden circular de este Departamento número 2.752, de 27 de noviembre de 1970, se creó el Servicio de Movilización del Ministerio de Asuntos Exteriores.

Resulta conveniente proceder ahora a la regulación de las funciones y competencias del Servicio de Movilización de este Departamento, así como a la modificación de la Comisión Ministerial creada en la Orden circular antes aludida, cómo consecuencia de las recientes variaciones en la estructura orgánica del Ministerio de Asuntos Exteriores.

Por ello este Ministerio, obtenida la aprobación de la Presidencia del Gobierno, ha tenido a bien disponer lo siguiente:

Artículo 1.

El Servicio de Movilización del Ministerio de Asuntos Exteriores tendrá como cometido el estudio, propuesta, planeamiento, programación y ejecución de cuanto afecte a la movilización de todos los recursos que correspondan a la esfera de su competencia.

Artículo 2.

Para el ejercicio de sus funciones, el Servicio de Movilización del Ministerio de Asuntos Exteriores se estructurará orgánicamente de la siguiente forma:

1. Jefatura de Servicio.

2. Comisión Ministerial.

3. Departamento de Movilización.

4. Asesoría Técnica del Servicio.

Artículo 3.

La Jefatura del Servicio será desempeñada por el Secretario general técnico del Departamento.

Artículo 4.

La Comisión Ministerial, que es el órgano asesor de la Jefatura del Servicio, estará compuesta por los titulares de los siguientes cargos:

Dirección de Asuntos Generales de la Dirección General de Política Exterior para Europa y Asuntos Atlánticos.

Dirección de Asuntos Generales para América del Norte y Pacífico.

Dirección de Asuntos Generales de la Dirección General de Política Exterior para África y Asia Continental.

Dirección de Asuntos Generales de la Dirección General de Política Exterior para Iberoamérica.

Dirección de Asuntos Generales de la Dirección General del Servicio Exterior.

Dirección de Acción Consular de la Dirección General de Asuntos Consulares.

Dirección de Asuntos Generales de la Oficina de Información Diplomática.

Dirección de Asuntos Generales de la Secretaría General Técnica.

Dirección de Organización e Informática de la Secretaría general técnica, cuyo titular actuará como Secretario.

Artículo 5.

El Departamento de Movilización es el órgano técnico y de trabajo del Servicio de Movilización, y a su frente figura el Director de Asuntos Generales de la Secretaría General Técnica, quien será asistido por el Director de Organización e Informática.

Artículo 6.

La Asesoría Técnica del Servicio de Movilización será desempeñada por un Jefe de cualquiera de los tres Ejércitos, designado por el Teniente General Jefe del Servicio Central de Movilización del Alto Estado Mayor, y tendrá a su cargo la coordinación de la acción del Servicio de Movilización del Ministerio de Asuntos Exteriores con el Servicio Central de Movilización.

Artículo 7.

Por la Secretaría General Técnica se adoptarán las medidas necesarias para que se faciliten al Servicio, en el menor plazo posible, los medios necesarios para el cumplimiento, con plena eficacia de su misión.

Artículo 8.

Queda facultado el Jefe del Servicio de Movilización para dictar cuantas instrucciones y circulares requiera el desarrollo de la presente Orden.

Lo que comunico a VV. II.

Dios guarde a VV. II. muchos años.

Madrid, 7 de marzo de 1977.

OREJA AGUIRRE

Ilmos. Sres. Subsecretario, Secretario general técnico y Directores generales del Departamento.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 07/03/1977
  • Fecha de publicación: 23/03/1977
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • CORRECCIÓN de errores en BOE núm. 103, de 30 de abril de 1977 (Ref. BOE-A-1977-10738).
Referencias anteriores
Materias
  • Alto Estado Mayor
  • Ministerio de Asuntos Exteriores
  • Movilización nacional
  • Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores

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