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Documento BOE-A-1978-11701

Corrección de errores de la Orden de 7 de abril de 1978 por la que se dictan normas de aplicación y desarrollo del Real Decreto 3071/1977, de 11 de noviembre, por el que se regulan determinadas actividades cinematográficas.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 105, de 3 de mayo de 1978, páginas 10303 a 10303 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Cultura
Referencia:
BOE-A-1978-11701

TEXTO ORIGINAL

Advertido error en el texto remitido para publicación de la expresada Orden, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 93, de 19 de abril de 1978, se hace a continuación la rectificación oportuna.

El artículo 45 del capítulo VII, que figura en la segunda columna de la página 9025, quedará redactado así:

«A las salas comerciales que al terminar un año natural hubieran cubierto la cuota mínima de pantalla con excedente de días de películas españolas no les será de abono, a los efectos del cómputo de la cuota de pantalla del año siguiente, dicho excedente».

ANÁLISIS

  • Rango: Corrección (errores o erratas)
  • Fecha de publicación: 03/05/1978
  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por Orden de 14 de enero de 1984 (Ref. BOE-A-1984-11452).
  • Fecha de derogación: 26/05/1984
Referencias anteriores
  • CORRECCIÓN de errores de la Orden de 7 de abril de 1978 (Ref. BOE-A-1978-10080).
Materias
  • Cinematografía
  • Dirección General de Cinematografía
  • Ministerio de Cultura
  • Publicidad

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