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Documento BOE-A-1978-16862

Orden de 9 de junio de 1978 por la que se acomodan las Asesorías Económicas existentes a la nueva organización administrativa y se crean nuevas Asesorías Económicas.

Publicado en:
«BOE» núm. 155, de 30 de junio de 1978, páginas 15581 a 15581 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1978-16862

TEXTO ORIGINAL

Excelentísimo señor:

Las modificaciones introducidas en la organización de la Administración del Estado por el Real Decreto 1558/1977, de 4 de julio, hacen aconsejable proceder a la acomodación, por Departamentos ministeriales y Organismos, de las Asesorías Económicas existentes en la actualidad, creándose además aquellas otras que son necesarias como consecuencia de la nueva estructura administrativa; todo ello al amparo de lo prevenido en el artículo 2 de la Ley de 12 de mayo de 1956.

En su virtud, esta Presidencia del Gobierno dispone:

Primero.

Los Departamentos y Organismos que a continuación se relacionan contarán con una Asesoría Económica para el estudio e informe de los asuntos cuya naturaleza lo requiera:

Presidencia del Gobierno.

Ministerio de Asuntos Exteriores.

Ministerio de Justicia.

Ministerio de Hacienda.

Ministerio del Interior.

Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo.

Ministerio de Educación y Ciencia.

Ministerio de Trabajo.

Ministerio de Industria y Energía.

Ministerio de Agricultura.

Ministerio de Comercio y Turismo.

Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

Ministerio de Sanidad y Seguridad Social.

Ministerio de Cultura.

Secretaría de Estado de Turismo.

Subsecretaría de Presupuesto y Gasto Público.

Subsecretaría de Pesca y de Marina Mercante.

Subsecretaría de la Salud.

Consejo de Economía Nacional.

Instituto Nacional de la Vivienda.

Fondo de Ordenación y Regulación de Produccionues y Precios Agrarios.

Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario.

Comisaría General de Abastecimientos y Transportes.

Instituto para la Reforma de las Estructuras Comerciales.

Segundo.

Las Asesorías Económicas a que se refiere el apartado anterior estarán a cargo de Economistas del Estado, de acuerdo con las correspondientes plantillas, sin que ello signifique modificación alguna de las vigentes consignaciones presupuestarias.

Lo que digo a V. E.

Dios guarde a V. E.

Madrid, 9 de junio de 1978.

OTERO NOVAS

Excmo. Sr. Secretario de Estado para la Administración Pública.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 09/06/1978
  • Fecha de publicación: 30/06/1978
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
Materias
  • Comisaría General de Abastecimientos y Transportes
  • Consejo de Economía Nacional
  • Cuerpo de Economistas del Estado
  • Fondo de Ordenación y Regulación de Producciones y Precios Agrarios
  • Instituto de Reforma de las Estructuras Comerciales
  • Instituto Nacional de la Vivienda
  • Instituto Nacional de Reforma y Desarrollo Agrario
  • Ministerio de Agricultura
  • Ministerio de Asuntos Exteriores
  • Ministerio de Comercio y Turismo
  • Ministerio de Cultura
  • Ministerio de Educación y Ciencia
  • Ministerio de Hacienda
  • Ministerio de Industria y Energía
  • Ministerio de Justicia
  • Ministerio de Obras Públicas y Urbanismo
  • Ministerio de Sanidad y Seguridad Social
  • Ministerio de Trabajo
  • Ministerio de Transportes y Comunicaciones
  • Ministerio del Interior
  • Organización de la Administración del Estado
  • Presidencia del Gobierno
  • Secretaría de Estado de Turismo
  • Subsecretaría de la Salud
  • Subsecretaría de Pesca y Marina Mercante
  • Subsecretaría de Presupuesto y Gasto Público

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