Ilustrísimos señores:
Visto el Acuerdo adoptado por la Junta Interprovincial de Arbitrios Insulares en 28 de diciembre de 1977, por el que se decidió unánimemente elevar al Ministerio de Industria y Energía solicitud para que se dicte orden aclaratoria o complementaria de la de 17 de noviembre de igual año, modificatoria de los precios de venta al público de determinados productos petrolíferos fuera del área del Monopolio de Petróleos, así como solicitud elevada a dicho Ministerio en cumplimiento del citado Acuerdo por el excelentísimo señor Presidente de la mencionada Junta.
Este Ministerio, a propuesta de la Comisaría de la Energía y Recursos Minerales, ha tenido a bien disponer:
Se complementa la Orden de 17 de noviembre de 1977, por la que se fijaron los precios de venta al público de determinados productos petrolíferos en el área fuera del Monopolio de Petróleos («Boletín Oficial del Estado» del día 21), en el sentido de adicionar a la misma el siguiente párrafo:
«Tercero.
Los tipos impositivos referentes a importaciones de crudos y venta de productos petrolíferos existentes en las islas Canarias, Ceuta y Melilla habrán de reducirse en la proporción necesaria para que el aumento de los precios de los productos petrolíferos no implique aumento tributario.»
Lo establecido en el artículo anterior será de aplicación desde la fecha de entrada en vigor de la citada Orden de 17 de noviembre de 1977.
Por los Organismos competentes se adoptarán las medidas complementarias que requiera la aplicación de la presente Orden.
Lo que comunico a VV. II.
Dios guarde a VV. II.
Madrid, 29 de julio de 1978.
RODRIGUEZ SAHAGUN
Ilmos. Sres. Comisario de la Energía y Recursos Minerales y Director general de la Energía.
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