Ilmo. Sr.: Vista la propuesta elevada por el magnifico y excelentísimo señor Rector de la Universidad Autónoma de Madrid en solicitud de modificación del Plan de Estudios de la Sección de Biológicas de la Facultad de Ciencias de dicha Universidad;
Considerando que se han cumplido las normas dictadas por este Departamento en materia de elaboración de los Planes de Estudios de las Facultades Universitarias; en su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 37.1 de la Ley 14/1970, de 4 de agosto, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa, previa deliberación de la Junta Nacional de Universidades,
Este Ministerio ha dispuesto que se modifique el Plan de Estudios de la especialidad de Biología Ambiental de la Facultad de Ciencias de la Universidad Autónoma de Madrid, aprobado por Orden ministerial de 1 de octubre de 1976 («Boletín Oficial del Estado» de 9 de julio de 1977), en el sentido de que las asignaturas de «Oceanografía» y «Limnología» que figuran como cuatrimestrales se conviertan en una sola asignatura denominada «Oceanografía y Limnología» de carácter anual, con el mismo horario de clases.
Lo digo a V. I. a los efectos consiguientes.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 19 de mayo de 1978.–P. D., el Subsecretario, Antonio Fernández-Galiano Fernández.
Ilmo. Sr. Director general de Universidades.
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