La Sala Quinta del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia de fecha doce de mayo de mil novecientos setenta y ocho por la que se declara el derecho de los funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Enseñanza General General Básica de Instituciones Penitenciarias a que se asigne al mismo el coeficiente tres coma seis, con todos los efectos funcionariales, administrativos y económicos que tal declaración entraña, y ello a partir de la vigencia de la Ley de veintidós de diciembre de mil novecientos setenta. En consecuencia, se procede a elaborar el presente Real Decreto para aplicar al citado Cuerpo los preceptos del Decreto-ley dieciséis/mil novecientos setenta, de once de diciembre, por el que se asigna coeficiente a los Profesores de Educación General Básica.
En su virtud, a propuesta del Ministro de Hacienda, con informe de la Comisión Superior de Personal y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día diez de noviembre de mil novecientos setenta y ocho,
DISPONGO:
Uno. En cumplimiento de sentencia dictada por la Sala Quinta de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, se asigna al Cuerpo de Profesores de Enseñanza General Básica de Instituciones Penitenciarias, dependiente del Ministerio de Justicia, el coeficiente multiplicador de tres coma seis.
Dos. La entrada en vigor del coeficiente señalado en el artículo anterior se fraccionará en los porcentajes del mismo y durante los años que a continuación se detallan:
Años | Porcentajes |
---|---|
1971. | 90 |
1972. | 92,5 |
1973. | 95 |
1974. | 97,5 |
1975 y siguientes. | 100 |
Dado en Madrid a diez de noviembre de mil novecientos setenta y ocho.
JUAN CARLOS
El Ministre de Hacienda,
FRANCISCO FERNANDEZ ORDOÑEZ
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid