Ilustrísimos señores:
Aprobado en Consejo de Ministros de 2 de marzo actual el Plan complementario al XVII Plan de Inversiones del Fondo Nacional para el Fomento del Principio de Igualdad de Oportunidades, que ha de regir en el actual curso escolar,
Este Ministerio ha tenido a bien disponer que por el Instituto Nacional de Asistencia y Promoción del Estudiante se ponga en ejecución el Plan complementario al XVII Plan de Inversiones para el curso académico 1977-78, de acuerdo con las normas, conceptos e importes que se señalan en el anexo de la presente Orden.
Lo digo a VV. II. para su conocimiento y demás efectos.
Dios guarde a VV. II.
Madrid, 10 de marzo de 1978.
CAVERO LATAILLADE
Ilmos. Sres. Subsecretario y Presidente del Instituto Nacional de Asistencia y Promoción del Estudiante.
En el XVII Plan de Inversiones del Patronato del Fondo Nacional para, el Fomento del Principio de Igualdad de Oportunidades se consignaron unos créditos por un importe global de 3.214 millones de pesetas, con el fin de financiar, los servicios escolares de Escuela-Hogar, transporte y comedor escolar de Educación General Básica durante el curso académico 1977-78 (capítulo I, artículo 2.°, conceptos 1.2.1, 1.2.2 y 1.2.3, respectivamente).
Dichos créditos resultaban, en todo caso, insuficientes para atender a las necesidades de estos servicios durante el presente curso académico, según la Memoria que se presentó al Pleno del Patronato del Fondo Nacional para el Fomento del Principio de Igualdad de Oportunidades en su reunión del 27 de julio de 1977, lo que motivó se acordase por el mismo la necesidad de obtener unos recursos complementarios por valor de 3.215 millones de pesetas, con lo que se podría financiar la ejecución de la política de concentración escolar que lleva a cabo el Ministerio de Educación y Ciencia y que ascenderla a 6.429.000.000 de pesetas.
Con posterioridad, y por Ordenes del Ministerio de Transportes y Comunicaciones de fechas 28 de julio de 1977 y 30 do agosto del mismo año, se elevaron las tarifas del transporte escolar en un 17,8 por 100, lo que supuso una nueva necesidad de financiación complementaria a la aprobada oportunamente.
Iniciado ya el curso escolar se manifiesta la notoria insuficiencia de los créditos disponibles para dichos, servicios y la necesidad perentoria de disponer de la partida complementaria antes citada. Por ello el Instituto ha reajustado su política de' financiación de los servicios escolares de Educación General Básica, con lo que el montante global necesario como complementario al XVII Plan de Inversiones del Fondo Nacional del P. I. O. es de 3.326 millones de pesetas, que engloba ya la repercusión de la subida de tarifas del transporte escolar, si bien el Ministerio de Hacienda ha autorizado una partida de 2.500 millones de pesetas.
El Plan complementario aprobado tiene un montante de 2.500 millones de pesetas y tendrá la distribución por conceptos que figura en el siguiente cuadro:
Artículo | Concepto | Clases de ayuda | Presupuestado por conceptos | Importe total |
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CAPÍTULO I | ||||
1.° | Educación General Básica | |||
1.2.1 | Escuela-Hogar. | 400.000.000 | ||
1.2.2 | Transporte escolar. | 1.200.000.000 | ||
1.2.3 | Comedor escolar. | 9.000.000.000 | ||
2.500.000.000 |
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