Advertidos errores en el texto del citado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 67, de fecha 20 de marzo de 1978, páginas 6607 a 6609, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la línea cuarta del punto uno del artículo segundo, dice: «... tercero siguiente:», debe decir: «... tercero siguiente.».
En la línea segunda del punto cuatro del artículo segundo, dice: «... una mensualidad de sueldo,...», debe decir: «... una mensualidad del sueldo,...».
En la línea quinta del punto uno del artículo quinto, dice: «... funcionario al día uno...», debe decir: «... funcionario el día uno...».
En la línea tercera del apartado a) del punto dos del artículo séptimo, dice: «... su caso, el...», debe decir: «... su caso, al...».
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