Advertidos errores en el texto del citado Real Decreto, inserto en el «Boletín Oficial del Estado» número 89, de 14 de abril de 1978, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 8566, articulo primero, tres, donde dice: «... de los cursos disponibles...», debe decir: «... de los recursos disponibles...».
En la página 8568, articulo dieciocho, c), donde dice: «Fecha de aprobación por la Comisión Provincial de Colaboración del Estado con las Corporaciones Locales...», debe decir: «Fecha de aprobación por la Diputación Provincial...».
En la página 8568, artículo veinte, dos, párrafo segundo, donde dice: «Las Comisiones Provinciales, a propuesta de las Diputaciones Provinciales, podrán aprobar la inclusión de nuevas obras con cargo a dichos remanentes», debe decir: «Las Diputaciones Provinciales podrán aprobar la inclusión de nuevas obras con cargo a dichos remanentes, dando cuenta de estas modificaciones a la Comisión Provincial en la forma indicada en el artículo once del presente Real Decreto».
En la página 8568, artículo veintiuno, párrafo segundo, donde dice: «... podrá recabar la existencia técnica de...», debe decir: «... podrá recabar la asistencia técnica de...».
En la página 8568, articulo veintidós, donde dice: «Las Comisiones Provinciales de Colaboración del Estado con las Corporaciones Locales llevarán a cabo...», debe decir: «Las Diputaciones Provinciales llevarán a cabo...».
En la página 8568, artículo veintitrés, donde dice: «... y del destino de la subvención estatal», debe decir: «... y del destino de la subvención estatal, que se eleva al 50 por 100 del presupuesto de las mismas».
En la pagina 8568, artículo veinticuatro, donde dice: «... y se tramitarán y aprobarán...», debe decir: «... y se tramitarán...».
En la página 8568, articulo veinticinco, donde dice: «... que el presente Real Decreto atribuye a las Comisiones Provinciales de Colaboración del Estado con las Corporaciones Locales...», debe decir: «... que el presente Real Decreto atribuye a las Diputaciones y a las Comisiones Provinciales de Colaboración del Estado con las Corporaciones Locales...».
En la página 8568, disposición final primera, donde dice: «... respecto de la Generalidad Provisional de Cataluña», debe decir: «... respecto de la Generalidad Provisional de Cataluña, oyendo previamente a ésta».
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