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Documento BOE-A-1979-10172

Orden de 3 de abril de 1979 por la que se aclara el Decreto 477/1960, de 25 de febrero, por el que se convalida la exacción parafiscal «Cuota de las Cámaras Oficiales de la Propiedad Urbana», en relación a determinadas referencias que contiene acerca de la Contribución Territorial Urbana.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 90, de 14 de abril de 1979, páginas 8699 a 8699 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-10172
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1979/04/03/(3)

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimo señor:

El Decreto 477/1960, de 25 de febrero, por el que se convalida la exacción parafiscal «Cuota de las Cámaras Oficiales de la Propiedad Urbana», establece en su artículo 4 que la base del referido tributo será la cantidad que por finca satisfagan al Tesoro por Contribución Territorial Urbana los propietarios o titulares de derechos reales sobre bienes inmuebles.

La disposición transitoria primera, uno b), de la Ley 44/1978, de 8 de septiembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, transforma en tributo local de carácter real la Contribución Territorial Urbana.

La oportunidad de evitar interpretaciones equivocadas de las mencionadas normas hace preciso aclarar los términos de las referencias contenidas en el Decreto 477/1960 citado que hacen referencia a la Contribución Territorial Urbana.

En su virtud, este Ministerio, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley General Tributaria, se ha servido aclarar lo siguiente:

A partir de 1 de enero de 1979, y sin menoscabo de la situación determinada por el Real Decreto-ley 26/1977, de 24 de marzo, la expresión «Contribución Territorial Urbana» contenida en el Decreto 477/1960, de 25 de febrero, se entenderá referida al tributo local de carácter real Contribución Territorial Urbana a que alude la disposición transitoria primera de la Ley 44/ 1978, de 8 de septiembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a V. I. muchos años.

Madrid, 3 de abril de 1979.

FERNANDEZ ORDOÑEZ

Ilmo. Sr. Director general de Tributos.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 03/04/1979
  • Fecha de publicación: 14/04/1979
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • INTERPRETA el Decreto 477/1960, de 25 de febrero (Ref. BOE-A-1960-4195).
  • DE CONFORMIDAD con el art. 18 de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre (Ref. BOE-A-1963-22706).
  • EN RELACIÓN con la disposición transitoria primera, uno B), de la Ley 44/1978, de 8 de septiembre (Ref. BOE-A-1978-23326).
  • CITA Real Decreto-ley 26/1977, de 24 de marzo (Ref. BOE-A-1977-12792).
Materias
  • Cámaras Oficiales de la Propiedad Urbana
  • Contribución Territorial Urbana
  • Tasas y exacciones parafiscales

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