Excelentísimo señor:
La distribución de asuntos en las diversas Secciones del Consejo de Estado están reguladas en la actualidad por Orden de la Presidencia del Gobierno de 7 de octubre de 1977, acomodándose a la organización ministerial entonces vigente.
El Real Decreto 708/1979, de 5 de abril, por el que se reestructuran determinados órganos de la Administración Central del Estado, ha introducido variaciones de alcance sustancial con la creación del Ministerio de Administración Territorial y el Ministerio de Universidades e Investigación, y ello hace preciso llevar a cabo el correspondiente reajuste para acomodar a la nueva estructura orgánica la distribución de asuntos entre las Secciones del Consejo de Estado, conforme a lo prevenido en el artículo 7 de su Ley Orgánica.
En su virtud, y a propuesta de la Comisión Permanente del Consejo de Estado, esta Presidencia del Gobierno dispone:
La distribución de asuntos entre las distintas Secciones del Consejo de Estado se acomodará al plan siguiente:
Sección Primera, Presidencia: Consultas remitidas por el Presidente del Gobierno y por los Vicepresidentes del mismo.
Asimismo, consultas remitidas por el Ministro de la Presidencia y por los Ministros sin cartera (Ministro adjunto al Presidente, Ministro para las Relaciones con las Comunidades Europeas y Ministro adjunto para las Relaciones con las Cortes).
Las consultas referentes a asuntos de defensa nacional serán despachadas por la Sección Cuarta.
Sección Segunda, Asuntos Exteriores y Justicia: Consultas remitidas por los respectivos Departamentos.
Sección Tercera, Interior, Administración Territorial y Sanidad y Seguridad Social: Consultas remitidas por los respectivos Departamentos.
Sección Cuarta, Defensa y Transportes y Comunicaciones: Esta Sección preparará el despacho de los asuntos referentes a la defensa nacional y al Departamento de Transportes y Comunicaciones.
Sección Quinta, Hacienda y Economía: Consultas remitidas por los respectivos Departamentos.
Sección Sexta, Obras Públicas y Urbanismo: Consultas remitidas por dicho Departamento.
Sección Séptima, Educación, Universidades e Investigación, Trabajo y Cultura: Consultas remitidas por los respectivos Departamentos.
Sección Octava, Industria y Energía, Agricultura, Comercio y Turismo: Consultas remitidas por los respectivos Departamentos.
Queda derogada la Orden de 7 de octubre de 1977.
Lo que comunico a V. E.
Madrid, 20 de junio de 1979.
PEREZ-LLORCA Y RODRIGO
Excmo. Sr. Presidente del Consejo de Estado.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid