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Documento BOE-A-1979-18766

Orden de 27 de julio de 1979 por la que se dispone la iniciación del funcionamiento de las Administraciones de Hacienda que se citan.

Publicado en:
«BOE» núm. 181, de 30 de julio de 1979, páginas 17816 a 17816 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Hacienda
Referencia:
BOE-A-1979-18766
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1979/07/27/(1)

TEXTO ORIGINAL

Ilmo. Sr.: Creadas por Real Decreto 489/1979, de 20 de febrero, las Administraciones de Hacienda, y establecidas por la Orden ministerial de 25 de abril de 1979 las primeras veintidós en todo el territorio nacional, se hace preciso iniciar el funcionamiento de aquéllas en que ya se dispone de local y organización suficiente.

Autorizada por el Real Decreto citado la atribución gradual de competencias a las Administraciones de Hacienda, se ha creído conveniente que sean los Delegados de Hacienda los que, por delegación de este Ministerio, determinen la sucesiva atribución de funciones a dichos órganos, así como el grado de desarrollo de su organización, dentro del marco fijado por el artículo 28 del Real Decreto de 20 de febrero pasado.

El ámbito territorial de las Administraciones cuyo funcionamiento se dispone viene determinado en la Orden de 25 de abril de 1979; sin embargo, es conveniente adaptar el de la de Carabanchel a los límites para los que fue creada la correspondiente Agencia Tributaria, a fin de evitar los perjuicios que podrían de otro modo ocasionar a los contribuyentes de la zona.

En su virtud,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Primero.

A partir de la publicación de esta Orden iniciarán su funcionamiento las siguientes Administraciones de Hacienda establecidas por la Orden de 25 de abril de 1979:

En la provincia de Baleares: Menorca e Ibiza-Formentera.

En la provincia de Barcelona: Hospitalet de Llobregat.

En la provincia de La Coruña: Santiago de Compostela.

En la provincia de Madrid: Carabanchel, Centro-Retiro, Alcalá de Henares y Móstoles.

En la provincia de Las Palmas: Lanzarote y Fuerteventura.

En la provincia de Santa Cruz de Tenerife: La Palma.

Segundo.

La Administración de Hacienda de Hospitalet de Llobregat en Barcelona, y la de Carabanchel en Madrid, asumirán las funciones que venían desarrollando las anteriores Agencias Tributarias, y adaptarán su organización a lo dispuesto en el artículo 28 del Real Decreto 489/1979, de 20 de febrero.

Tercero.

Las Administraciones de Hacienda de Menorca e Ibiza-Formentera en Baleares, Lanzarote y Fuerteventura en Las Palmas y La Palma en Santa Cruz de Tenerife, conservarán todas las funciones que les correspondían como Administraciones-Depositarías especiales, a tenor de lo dispuesto en el artículo 29 del Real Decreto citado en el número anterior, adaptando su organización a lo ordenado en el artículo 28 del mismo Real Decreto.

Cuarto.

Las funciones que corresponden a las Administraciones de Hacienda a tenor de lo dispuesto en el artículo 26 del Real Decreto de 20 de febrero de 1979 serán atribuidas a cada una, de forma gradual, en el tiempo y con criterios flexibles, de acuerdo con lo ordenado en el artículo 30 y disposición final primera del mismo texto, por los correspondientes Delegados de Hacienda, por delegación del Ministro de Hacienda, adoptando la estructura orgánica prevista en el artículo 28 del repetido Real Decreto en la medida que derive de las funciones en cada caso atribuidas. Los Delegados de Hacienda darán cuenta a la Inspección General del Departamento de las funciones que en cada momento vayan atribuyendo a las correspondientes Administraciones de Hacienda.

Quinto.

El ámbito territorial de las Administraciones de Hacienda citadas en el número primero de esta Orden será el que figura en el anexo de la de 25 de abril de 1979, adscribiéndose, además, a la de Carabanchel el área de la zona de recaudación número 10 de Madrid capital.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.

Dios guarde a VV. II. muchos años.

Madrid, 27 de julio de 1979.

GARCIA AÑOVEROS

Ilmos. Sres. Subsecretarios de Hacienda y de Presupuesto y Gasto Público.

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 27/07/1979
  • Fecha de publicación: 30/07/1979
Referencias anteriores
Materias
  • Administraciones de Hacienda
  • Delegaciones de Hacienda
  • Ministerio de Hacienda

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