Ilustrísimo señor:
En consideración a la propuesta elevada por la Junta Superior Consultiva de la Licencia Fiscal del Impuesto Industrial, de 12 de julio de 1979, este Ministerio se ha servido disponer:
La inclusión en el epígrafe 5546 de las Tarifas de un apartado c), del siguiente tenor literal:
«Epígrafe 5546.
c) Venta al por menor de preparados y alimentos biológicos y para regímenes dietéticos y/o especiales, autorizada por el Ministerio de Sanidad, a realizar en establecimientos que no sean oficinas de farmacia.
Cuota de clase. 12.a
Este apartado entrará en vigor el 1 de enero de 1980.
Lo que comunico a V. I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V. I. muchos años.
Madrid, 4 de agosto de 1979.
GARCIA AÑOVEROS
Ilmo. Sr. Director general de Tributos.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid