Una de las innovaciones de mayor interés introducidas por el Real Decreto dos mil doscientos cincuenta y ocho/mil novecientos setenta y siete, de veintisiete de agosto, que estableció la estructura orgánica y funciones del Ministerio de Cultura, fue la creación del Centro de Investigación de Nuevas Formas Expresivas, dependiente de la Dirección General de Difusión Cultural y que posteriormente, por Real Decreto ciento treinta y dos/mil novecientos setenta y ocho, de trece de enero, quedaría adscrito a la Dirección General del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos.
El Centro quedó, sin embargo, a la espera de una estructuración más detallada que le proporcionase contenido formal y una clara delimitación de fines.
La posterior reestructuración del Ministerio de Cultura, llevada a cabo por los Reales Decretos novecientos treinta y cuatro/mil novecientos setenta y nueve, de veintisiete de abril, y mil doscientos noventa y ocho/mil novecientos setenta y nueve, de primero de junio, con la supresión de la Dirección General de Difusión Cultural y la creación consiguiente del Servicio de Promoción de las Artes Plásticas de la Dirección General del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos, recomienda unificar cuantas gestiones se dirigen a la promoción de estas actividades, tanto en lo que significan apoyo a la obra en marcha como a tanteos y ensayos de carácter experimental. Inspirado en estas consideraciones, el presente Real Decreto integra estas actividades, anteriormente dispersas, en un nuevo Centro de Promoción de las Artes Plásticas e Investigación de nuevas formas expresivas que incorpora el fruto de las experiencias del anterior Centro.
En su virtud, con la aprobación de la Presidencia del Gobierno, a propuesta del Ministro de Cultura y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día tres de agosto de mil novecientos setenta y nueve,
DISPONGO:
Se crea el Centro de Promoción de las Artes Plásticas e Investigación de nuevas formas expresivas dependiente de la Dirección General del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos.
El Director del Centro tendrá categoría de Subdirector general.
El Servicio de Promoción de las Artes Plásticas, creado por Real Decreto mil doscientos noventa y ocho/mil novecientos setenta y nueve, de primero de junio, estructurado por Orden de cinco de junio de mil novecientos setenta y nueve, quedará encuadrado en el citado Centro.
Serán funciones específicas del Centro de Promoción de las Artes Plásticas e Investigación de nuevas formas expresivas las siguientes:
– La promoción de las artes plásticas en todos sus aspectos, especialmente mediante la concesión de becas y ayudas, bien de tipo individual como colectivo.
– La difusión de las artes plásticas promoviendo la celebración de exposiciones, congresos, simposios, bienales, ferias o cualesquiera otras manifestaciones culturales de similar naturaleza.
– El fomento de proyectos, estudios, planes e investigaciones de formas expresivas, bien realizando directamente los mismos o a través de la concesión de ayudas económicas con este fin.
– Coadyuvar a la defensa y protección de los intereses de los artistas plásticos.
Queda derogado el artículo tercero del Real Decreto ciento treinta y dos/mil novecientos setenta y ocho, de trece de enero, suprimiéndose en consecuencia el Centro de Investigación de Nuevas Formas Expresivas adscrito a la Dirección General del Patrimonio Artístico, Archivos y Museos.
Dado en Palma de Mallorca a tres de agosto de mil novecientos setenta y nueve.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Cultura,
MANUEL CLAVERO AREVALO
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