Ilustrísimo señor:
La nueva estructura del Ministerio de Industria y Energía, aprobada por Real Decreto 1613/1979, de 29 de junio, recoge las unidades de niveles de Subdirectores generales y Servicios, facultándose en el artículo 40 del mismo a este Departamento para dictar las normas complementarias que se precisen para la ejecución y desarrollo de lo dispuesto en el Real Decreto. En este sentido, es preciso desarrollar la nueva estructura con las unidades de nivel inferior que completen la totalidad de la estructura.
En su virtud, y previa aprobación de Presidencia del Gobierno, este Ministerio ha tenido a bien disponer:
El Gabinete Técnico del Ministro se estructura en las siguientes unidades, con nivel orgánico de Sección:
1. Gabinete de Prensa, que tendrá a su cargo las relaciones del Ministerio con los medios de comunicación, así como facilitar a las autoridades del Departamento el acceso al contenido de dichos medios en cuanto se refiere al ámbito de actuación del Ministerio de Industria y Energía.
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
2. Gabinete de Documentación, que tendrá a su cargo la preparación de estudios e informes que le sean encomendados.
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
La Subsecretaría del Departamento tendrá la siguiente estructura orgánica:
I. Dirección General de Servicios.
1. Subdirección General de Personal.
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 3.º
– Negociado 1.º
2. Oficialía Mayor.
2.1. Servicio de Administración Financiera.
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 3.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 1.º
2.2. Servicio de Recursos.
Sección 1.ª Minas.
Sección 2.ª Instalaciones e Inspección Industrial.
Sección 3.ª Industrias de la Energía.
Sección 4.ª Suministros de Agua, Gas y Electricidad.
Sección 5.ª Personal y Asuntos Diversos.
Directamente dependientes del Jefe de Servicio existirán:
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
3. Servicio de Ordenación y Estudios Administrativos.
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 3.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
II. Inspección General de Servicios.
1. Secretaría General, con nivel orgánico de Sección.
2. Inspectores de Servicios, en número no superior a 14.
III. Gabinete Técnico del Subsecretario.
1. Sección de Estudios, que tendrá a su cargo el estudio y preparación de los asuntos y materias que al Gabinete le sean encomendados por el Subsecretario, sin perjuicio de las competencias de estudio y asesoramiento de otros órganos del Ministerio.
2. Sección de Informes y Coordinación, que le corresponde asistir al Subsecretario en la preparación de los expedientes que le sean encomendados y en el despacho de aquéllos relacionados con las atribuciones del Subsecretario, cuando no correspondan a otras unidades del Departamento.
En la Inspección General de Servicios, la Asesoría Jurídica, Asesoría Económica e Intervención Delegada, existirá un Negociado, para la ordenación, trámite y archivo de los diversos asuntos.
La Comisaría de la Energía y Recursos Minerales queda estructurada en la siguiente forma:
1. Subdirección General de Planificación Energética.
1.1. Servicio de Estructura del Sector Energético.
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 1.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 3.º
2. Gabinete Técnico.
– Negociado 1.º
– Negociado 1.º
La Secretaría General Técnica queda estructurada de la siguiente forma:
1. Vicesecretaría General Técnica.
1.1. Servicio de Legislación.
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
1.2. Servicio de Coordinación y Organización.
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 3.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 3.º
– Negociado 4.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 3.º
2. Subdirección General de Estudios y Promoción Industrial,
2.1. Servicio de Estadística e Informática.
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 1.º
2.2. Servicio de Estudios Macroeconómicos.
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
2.3. Servicio de Política Industrial y Estudios Sectoriales.
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 3.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 3.º
3. Subdirección General de Relaciones Industriales Internacionales.
3.1. Servicio de Relaciones con la CEE y Organismos de Carácter Multilateral.
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 3.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
3.2. Servicio de Relaciones Bilaterales.
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 3.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 3.º
La Dirección General de Minas e Industrias de la Construcción queda estructurada en la forma siguiente:
1. Subdirección General de Ordenación Minera.
1.1. Servicio de Registro y Derechos Mineros.
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 3.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 3.º
– Negociado 1.º
2. Subdirección General de Investigación y Explotación Minera.
2.1. Servicio de Explotación y Seguridad Minera.
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 3.º
– Negociado 4.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
3. Subdirección General de Abastecimientos de Recursos Minerales.
3.1. Servicio de Carbones y de Minerales Radiactivos.
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 3.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
4. Subdirección General de Industrias de la Construcción.
4.1. Servicio de Materiales de la Construcción.
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 3.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 3.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
5. Secretaría General, con nivel orgánico de Servicio.
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 3.º
– Negociado 4.º
– Negociado 5.º
6. La Secretaría de la Comisión Interministerial Asesora del Plan Nacional de Abastecimiento de Materias Primas Minerales, con nivel de Sección.
La Dirección General de la Energía queda estructurada en la siguiente forma:
1. Subdirección General de Petróleo, Gas y Agua.
1.1. Servicio de Hidrocarburos.
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 1.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
1.2. Servicio de Gas y Agua.
– Negociado 1.º
– Negociado 1.º
2. Subdirección General de Energía Eléctrica.
2.1. Servicio de Explotación del Sistema Eléctrico,
– Negociado 1.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 1.º
– Negociado 1.º
3. Subdirección General de Energía Nuclear.
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 1.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
4. Subdirección General de Conservación de la Energía y Nuevas Energías.
4.1. Servicio de Ahorro y Conservación de la Energía.
– Negociado 1.º
5. Secretaría General, con nivel orgánico de Servicio.
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
La Dirección General de Industrias Siderometalúrgicas y Navales queda estructurada en la siguiente forma:
1. Subdirección General de Industrias Básicas.
1.1. Servicio de Siderurgia.
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 1.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 3.º
– Negociado 1.º
2. Subdirección General de Industrias de Maquinaria Mecánica y Eléctrica.
2.1. Servicio de Industrias de Maquinaria Mecánica.
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 3.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
3. Subdirección General de Industrias Navales.
– Negociado 1.º
– Negociado 1.º
4. Subirección General de Industrias de Automoción y Electrónicas.
4.1. Servicio de Electrónica y Material Informático.
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 1.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 1.º
5. La Secretaría General, con nivel orgánico de Servicio. Sección 1.ª Asuntos Generales y Régimen Interior.
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
La Dirección General de Industrias Químicas y Textiles quedará estructurada en la siguiente forma:
1. Subdirección General de Industrias Químicas.
1.1. Servicio de Química Orgánica.
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 1.º
– Negociado 1.º
2. Subdirección General de Industrias Farmacéuticas.
2.1. Servicio de Industrias Farmacéuticas.
– Negociado 1.º
– Negociado 1.º
3. Subdirección General de Industrias Textiles.
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 1.º
4. Secretaría General, con nivel orgánico de Servicio.
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 3.º
5. Gabinete Técnico, con nivel orgánico de Sección.
– Negociado 1.º
La Dirección General de Industrias Alimentarias y Diversas quedará estructurada en la siguiente forma:
1. Subdirección General de Industrias Alimentarias.
1.1. Servicio de Frío Industrial.
– Negociado 1.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 3.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
2. Subdirección General de Industrias Diversas.
2.1. Servicio de Industrias de la Piel.
– Negociado 1.º
– Negociado 1.º
– Negociado 1.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
3. Secretaría General, con nivel orgánico de Servicio.
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 3.º
La Dirección General de Tecnología y Seguridad Industrial quedará estructurada en la siguiente forma:
1. Subdirección General de Tecnología y Productividad Industrial.
1.1. Servicio de Transferencia de Tecnología.
– Negociado 1.º
– Negociado 1.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 1.º
– Negociado 1.º
2. Subdirección General de Reglamentación para la Seguridad Industrial.
2.1. Servicio de Reglamentos Técnicos y Productos Peligrosos.
– Negociado 1.º
– Negociado 1.º
– Negociado 1.º
– Negociado 1.º
2.2. Servicio de Inspección Técnica de Vehículos.
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 1.º
3. Subdirección General del Medio Ambiente Industrial.
3.1. Servicio de Prevención y Corrección de la Contaminación Industrial.
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 3.º
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
– Negociado 1.º
4. La Secretaría General, con nivel orgánico de Servicio.
– Negociado 1.º
– Negociado 2.º
5. Gabinete Técnico, con nivel orgánico de Servicio.
– Negociado 1.º
El Consejo Superior del Ministerio de Industria y Energía, para el ejercicio de las actividades que le encomienda el artículo 35 del Real Decreto 1613/1979, funcionará en Pleno y en Comisión Permanente.
1. El Pleno lo integran: El Presidente, el Vicepresidente, los Consejeros Presidentes de Sección, los Consejeros y el Consejero Secretario general.
2. Integran la Comisión Permanente: El Presidente, el Vicepresidente, los Consejeros Presidentes de Sección y el Consejero Secretario general.
3. Las Secciones del Consejo, cuyos Presidentes tendrán nivel orgánico de Servicio, serán:
4. Para la ordenación y estudio de los asuntos encomendados a cada una de las Secciones, existirán, cuatro Secretarías con nivel orgánico de Negociado y cuatro Negociados administrativos para trámite y archivo de expedientes.
5. Bajo la dependencia directa del Presidente del Consejo existirá un Gabinete de Estudios y Documentación Técnica, con nivel orgánico de Sección, cuya misión será la de colaborar como órgano de información y asistencia técnica de las Secciones en los estudios e informes que éstas soliciten o que la Presidencia la encomiende.
– Negociado 1.º
6. Secretaría General, con nivel orgánico de Servicio.
– Negociado 1.º
Con el fin de no incrementar el gasto público se autoriza al Ministerio de Hacienda a realizar las transferencias de créditos necesarios del capítulo uno de la sección veinte, Ministerio de Industria y Energía, de los Presupuestos Generales del Estado, para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Orden ministerial.
Esta Orden entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Queda derogada la Orden de 4 de octubre de 1974, por la que se refunden y autorizan las Ordenes en desarrollo de los Decretos sobre organización del Departamento.
Lo que comunico a V.I. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a V.I. muchos años.
Madrid, 17 de septiembre de 1979.
BUSTELO Y GARCÍA DEL REAL
Ilmo. Sr. Subsecretario del Departamento.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid