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Documento BOE-A-1979-29790

Orden de 13 de diciembre de 1979 por la que se estructuran las Jefaturas Provinciales del IRESCO.

Publicado en:
«BOE» núm. 303, de 19 de diciembre de 1979, páginas 29076 a 29077 (2 págs.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-1979-29790
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/o/1979/12/13/(1)

TEXTO ORIGINAL

Ilustrísimos señores:

Las funciones que el Instituto de Reforma de las Estructuras Comerciales (IRESCO) tiene atribuidas a través del Decreto-ley 13/1973, de 33 de noviembre, y del Decreto 3067/1973, de 7 de diciembre, así como los cometidos que le han sido asignados por el Real Decreto 1887/1978, de 26 de julio, para la ejecución del Programa de Reforma y Modernización de las Estructuras Comerciales, demandan, para su efectivo desenvolvimiento en el ámbito territorial, la configuración orgánica de sus servicios periféricos, ya previstos en el artículo 11 del citado Decreto 3067/1973.

Por otra parte, la necesidad de articular la estructura territorial del IRESCO viene asimismo impuesta por la transferencia al Instituto de las unidades provinciales de los servicios del Secretariado de Asuntos Económicos de la Administración Institucional de Servicios Socio-Profesionales, que ha sido acordada en cumplimiento de lo establecido en el artículo 1.°, apartado j), del Real Decreto 906/1978, de 14 de abril.

En su virtud, de conformidad con lo previsto en la disposición final primera del Decreto 3067/1973, de 7 de diciembre, y en el artículo 2.° del Real Decreto 906/1978, de 14 de abril, a propuesta del Director general del IRESCO, previo informe de la Secretaría General Técnica del Departamento y con la aprobación de la Presidencia del Gobierno,

Este Ministerio ha tenido a bien disponer:

Primero.

En cada una de las provincias de la demarcación territorial de las Delegaciones Regionales de Comercio, y dependiendo del Instituto de Reforma de las Estructuras Comerciales (IRESCO), y del Delegado regional de Comercio, existirá una Jefatura Provincial, con categoría de Sección.

Segundo.

Las Jefaturas Provinciales del IRESCO tendrán las siguientes categorías administrativas:

– Categoría especial: Madrid y Barcelona.

– Primera categoría: Valencia, Bilbao, San Sebastián, Las Palmas, Santa Cruz de Tenerife y Sevilla.

– Segunda categoría: Murcia, Pontevedra, Palma de Mallorca, Zaragoza, Santander, Málaga, Oviedo y Valladolid.

– Tercera categoría: Los correspondientes a las restantes provincias españolas.

Tercero.

El Jefe de estas unidades provinciales será nombrado y separado libremente por el Director general del Instituto, entre funcionarios con titulación superior que presten servicios en el mismo, oído el correspondiente Delegado regional.

Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos oportunos.

Dios guarde a VV. II.

Madrid, 13 de diciembre de 1979.–P. D., el Subsecretario de Comercio, Agustín Hidalgo de Quintana.

Ilmos. Sres. Subsecretario de Mercado Interior y Director general del IRESCO.

 

ANÁLISIS

  • Rango: Orden
  • Fecha de disposición: 13/12/1979
  • Fecha de publicación: 19/12/1979
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 2 del Real Decreto 906/1978, de 14 de abril (Ref. BOE-A-1978-11871).
    • disposición final primera del Decreto 3067/1973, de 7 de diciembre (Ref. BOE-A-1973-1704).
  • CITA:
Materias
  • Delegaciones regionales de Comercio
  • Instituto de Reforma de las Estructuras Comerciales
  • Ministerio de Comercio y Turismo
  • Subsecretaría de Mercado Interior

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