Advertidos errores en el texto remitido para su publicación de la citada Orden, inserta en el «Boletín Oficial del Estado» número 301, de fecha 18 de diciembre de 1978, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 28391, punto 2.° de la parte dispositiva, donde dice: «Queda derogada la Orden ministerial de 9 de mayo de 1975...», debe decir: «Queda derogada la Orden ministerial de 9 de enero de 1975...».
En la página 28392, número 5.° del punto 2.2.7, donde dice: «...valorada conforme se indica en el párrafo A», debe decir: «...valorada conforme se indica en la disposición 2.ª del número 4».
En la página 28393, en el punto 4.6, donde dice: «La Sociedad “Aceitunas de Mesa, S. A.” (ACEMESA), actuará como Entidad colaboradora de Aduanas, y a ellas deberán pertenecer todas las unidades de exportación que figuren inscritas en el Registro. La participación de esta Sociedad tendrá carácter igualitario», debe decir: «La Sociedad “Aceitunas de Mesa, Sociedad Anónima” (ACEMESA), actuará como Entidad colaboradora de Aduanas, y a ella deberán pertenecer todas las unidades de exportación que figuren inscritas en el Registro. La participación en esta Sociedad tendrá carácter igualitario».
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