Ilmo. Sr.: La Orden ministerial de este Departamento de 7 de junio de 1977 («Boletín Oficial del Estado» del 23) determina la forma y condiciones para que los alumnos que obtengan o hayan obtenido el título de Arquitecto Técnico, de acuerdo con los Planes de estudios experimentales en las correspondientes Escuelas Universitarias de Arquitectura, puedan acceder al segundo ciclo de la educación universitaria en las Escuelas Técnicas Superiores de Arquitectura.
Vista la propuesta elevada por el magníifico y excelentísimo señor Rector de la Universidad de La Laguna en solicitud de modificación de las asignaturas que integran el curso de adaptación que se establece en el punto tercero de la referida Orden ministerial, previo para el acceso a los estudios del segundo ciclo de la Escuela Técnica Superior de Arquitectura por los Arquitectos Técnicos que cursaron sus estudios por los Planes experimentales actualmente vigentes;
Considerando que dicha propuesta ha sido favorablemente informada por la Junta Nacional de Universidades, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 37, 1, de la Ley 14/1970, General de Educación y Financiamiento de la Reforma Educativa,
Este Ministerio ha dispuesto:
El curso de adaptación que habrán de superar los Arquitectos Técnicos a que se refiere esta Orden para el acceso al 4.° curso del Plan de estudios de la Escuela Técnica Superior de Arquitectura de la Universidad de La Laguna estará integrado por las siguientes asignaturas:
Horas semanales de clase
Análisis y Expresión Arquitectónica, diez.
Complemento de Física, cinco.
Historia del Arte, cuatro.
Urbanística, seis.
Complementos de Matemáticas, cinco.
Introducción a la Estructura, seis.
Los alumnos que superen el curso de adaptación a que se refiere la presente Orden podrán matricularse en el 4.° curso de Arquitectura superior y se les convalidará totalmente las asignaturas de Construcción III, Técnicas de Acondicionamiento y Organización de Obras y Empresas, debiendo, por el contrario, cursar la asignatura de Proyecto I.
Lo que digo a V. I. a los efectos consiguientes.
Dios guarde a V. I.
Madrid, 23 de enero de 1979.–P. D., el Subsecretario, Miguel Angel Sánchez-Terán Hernández.
Ilmo. Sr. Director general de Universidades.
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