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ANÁLISIS
Rango: Real Decreto
Fecha de disposición: 24/07/1980
Fecha de publicación: 28/07/1980
Fecha de entrada en vigor: 17/08/1980
Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias posteriores
SE DEROGA en cuanto se oponga , por Real Decreto 1334/1994, de 20 de junio (Ref. BOE-A-1994-14555).
SE DICTA EN RELACIÓN, Atribuyendo funciones a la Comisión Nacional de protección Civil: Real Decreto 1301/1990, de 26 de octubre (Ref. BOE-A-1990-26310).
SE DEROGA los arts. 1, 2 y 3, por Real Decreto 888/1986, de 21 de marzo (Ref. BOE-A-1986-11201).
SE MODIFICA:
el art. 5, por Real Decreto 2000/1984, de 17 de octubre (Ref. BOE-A-1984-24944).
el art. 5, por Real Decreto 1907/1982, de 23 de julio (Ref. BOE-A-1982-20504).
SE DESARROLLA por Orden de 2 de enero de 1981 (Ref. BOE-A-1981-714).