Ilustrísimos señores:
El Real Decreto 392/1978, de 10 de febrero, autoriza, en su artículo 11, al Ministerio de Cultura para el establecimiento en determinadas localidades de oficinas o dependencias de las Delegaciones Provinciales respectivas.
El notable aumento de las actividades deportivas que en los últimos años se ha venido experimentando hace conveniente incrementar la actuación administrativa en determinadas ciudades, como es el caso de Cartagena, independientemente de la acción que a nivel provincial realicen las Delegaciones Provinciales de Deportes.
En su virtud, y previa aprobación de la Presidencia del Gobierno, he tenido a bien disponer:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11, apartado 3, del Real Decreto 392/1978, de 10 de febrero, se crea en Cartagena una Oficina dependiente de la Delegación Provincial de Deportes de Murcia. Dicha Oficina se integra orgánicamente en el Ministerio de Cultura, a través de la Delegación Local, con sede en Cartagena, prevista en el artículo 11, apartado 2, del citado Real Decreto.
Al frente de la Oficina existirá un Delegado local, con nivel orgánico de Jefe de Sección, que funcionalmente dependerá del Consejo Superior de Deportes, a través de la Delegación Provincia) de Deportes de Murcia. Sin perjuicio de ello, la Oficina quedará subordinada al Delegado provincial del Ministerio de Cultura en Murcia, al que corresponde la alta dirección y representación de todos los Organismos del Departamento en la provincia.
La Delegación Local de Deportes de Cartagena tendrá encomendado el ejercicio, en este término municipal, de las funciones previstas en el artículo 5.º del Real Decreto 2083/ 1978, de 15 de julio, salvo las que directamente desarrolla la Delegación de Deportes de Murcia respecto de todo el ámbito provincial.
Bajo la dirección del Delegado local, existirá una Secretaría General, con nivel orgánico de Negociado.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 6 de la Orden de 13 de febrero de 1978, por el que se prevé la posible adaptación de unidades periféricas del Departamento sin incremento de los medios que tengan asignados, queda modificada la estructura orgánica de la Delegación Provincial de Cultura de Murcia, refundiéndose la Sección de la Juventud y la Sección de Actividades Socio-Culturales, con sus respectivos Negociados, en una única Sección de Juventud y Promoción Socio-Cultural, que contará con los Negociados de:
– Actividades Juvenilos.
– Acción Socio-Cultural.
– Promoción Comunitaria.
A cuyo efecto se entienden modificados, respecto a esta Delegación Provincial, el artículo 3.° de la Orden de 13 de febrero de 1978 y el artículo 8.°, punto 2, de la Orden de 3 de septiembre de 1979.
Lo que comunico a VV. II. para su conocimiento y efectos.
Dios guarde a W. II. muchos años.
Madrid, 10 de marzo de 1980.
DE LA CIERVA Y HOCES
limos. Sres. Subsecretario y Director general del Consejo Superior de Deportes.
Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid