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Documento BOE-A-1980-6633

Real Decreto 557/1980, de 21 de marzo, por el que se prorroga el Real Decreto 1957/1979, de 3 de agosto, por el que se regula la producción y comercialización de la carne de pollo para la campaña 1979-1980.

[Vigencia agotada]

Publicado en:
«BOE» núm. 77, de 29 de marzo de 1980, páginas 6951 a 6951 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Presidencia del Gobierno
Referencia:
BOE-A-1980-6633
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/rd/1980/03/21/557

TEXTO ORIGINAL

El Real Decreto mil novecientos cincuenta y siete/mil novecientos setenta y nueve, de tres de agosto, por el que se regula la producción y comercialización de la carne de pollo para la campaña mil novecientos setenta y nueve/mil novecientos ochenta, determina, en su disposición final tercera, que la vigencia del mismo finalizará el treinta y uno de marzo del mil novecientos ochenta.

Dado que los estudios que servirán de bese para la regulación de la campaña mil novecientos ochenta/mil novecientos ochenta y uno aún no han sido concluidos, se hace necesario prorrogar la vigencia del citado Real Decreto.

En su virtud, a propuesta de los Ministros de Agricultura y de Comercio y Turismo, previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintiuno de marzo de mil novecientos ochenta,

DISPONGO:

Artículo único.

Desde el día uno de abril de mil novecientos ochenta y hasta la entrada en vigor del Real Decreto que regule la producción y comercialización de la carne de pollo para la campaña mil novecientos ochenta/mil novecientos ochenta y uno, se prorroga la vigencia del Real Decreto mil novecientos cincuenta y siete/mil novecientos setenta y nueve, de tres de agosto, por el que se regula la producción y comercialización de la carne de pollo para la campaña mil novecientos setenta y nueve/mil novecientos ochenta.

Dado en Madrid a veintiuno de marzo de mil novecientos ochenta.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de la Presidencia,

JOSE PEDRO PEREZ-LLORCA Y RODRIGO

ANÁLISIS

  • Rango: Real Decreto
  • Fecha de disposición: 21/03/1980
  • Fecha de publicación: 29/03/1980
  • Fecha de entrada en vigor: 18/04/1980
  • Esta disposición ha dejado de estar vigente.
Referencias anteriores
  • PRORROGA la vigencia del Real Decreto 1957/1979, de 3 de agosto (Ref. BOE-A-1979-20145).
Materias
  • Aves
  • Carnes

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