Padecido error en la inserción del citado Real Decreto-ley, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 2, de fecha 2 de enero de 1980, se transcribe la oportuna rectificación:
En la página 34, columna primera, primer párrafo de la parte expositiva, líneas quinta y sexta, donde dice: «quince de mayo de mil novecientos veintiocho, de junio de mil novecientos cincuenta y siete», debe decir: «quince de mayo de mil novecientos veinte, y ocho de junio de mil novecientos cincuenta y siete».
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