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Documento BOE-A-1981-937

Ley 79/1980, de 24 de diciembre, sobre la fórmula para jurar la Bandera de España.

[Disposición derogada]

Publicado en:
«BOE» núm. 14, de 16 de enero de 1981, páginas 998 a 998 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Jefatura del Estado
Referencia:
BOE-A-1981-937
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/l/1980/12/24/79

TEXTO ORIGINAL

DON JUAN CARLOS I, REY DE ESPAÑA

A todos los que la presente vieren y entendieren,

Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley:

Artículo único.

Para Jurar la Bandera de España se empleará la fórmula siguiente:

«¡Soldados! ¿Juráis por Dios o por vuestro honor y prometéis a España, besando con unción su Bandera, obedecer y respetar al Rey y a vuestros Jefes, no abandonarles nunca y derramar, si es preciso, en defensa de la soberanía e independencia de la Patria, de su unidad e integridad territorial y del ordenamiento constitucional, hasta la última gota de vuestra sangre?»

Los soldados contestarán: «¡Sí, lo juramos!»

El que tomó el juramento replicará: «Si así lo hacéis, la Patria os lo agradecerá, y premiará, y si no, mereceréis su desprecio y su castigo, como indignos hilos de ella», y añadirá: «¡Soldados!, ¡Viva España! y ¡Viva el Rey!», que serán contestados con los correspondientes «¡Viva!».

En la fórmula del juramento, la expresión «Soldados» podrá ser sustituida por la que convenga, de conformidad con la condición militar de los que juran.

Por tanto,

Mando a todos los españoles particulares y autoridades que guarden y hagan guardar esta Ley.

Palacio Real, de Madrid, a veinticuatro de diciembre de mil novecientos ochenta.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno,

ADOLfO SUÁREZ GONZÁLEZ

ANÁLISIS

  • Rango: Ley
  • Fecha de disposición: 24/12/1980
  • Fecha de publicación: 16/01/1981
  • Fecha de entrada en vigor: 05/02/1981
  • Fecha de derogación: 20/05/1999
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

Materias
  • Fuerzas Armadas
  • Jura de Bandera

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