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Documento BOE-A-1982-28607

Resolución de 18 de octubre de 1982, de la Subsecretaría para la Sanidad, por la que se prohíbe el uso de determinados aditivos en confitería, pastelería, bollería, repostería y galletería y conservas y semiconservas vegetales.

Publicado en:
«BOE» núm. 265, de 4 de noviembre de 1982, páginas 30297 a 30297 (1 pág.)
Sección:
I. Disposiciones generales
Departamento:
Ministerio de Sanidad y Consumo
Referencia:
BOE-A-1982-28607
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/1982/10/18/(3)

TEXTO ORIGINAL

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ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 18/10/1982
  • Fecha de publicación: 04/11/1982
  • Entrada en vigor: a los 90 Dias de su publicación.
Referencias anteriores
  • MODIFICA:
  • DE CONFORMIDAD con:
    • art. 1 del Real Decreto 2823/1981, de 27 de noviembre (Ref. BOE-A-1981-27851).
    • disposición final segunda del Real Decreto 3452/1977, de 16 de Diciembr (Ref. BOE-A-1978-2055).
    • art. 2.2 del Decreto 2519/1974, de 9 de agosto (Ref. BOE-A-1974-1482).
  • CITA Resolución de 8 de abril de 1981 (Ref. BOE-A-1981-12722).
Materias
  • Aditivos alimentarios
  • Confitería y pastelería
  • Conservas
  • Frutos y productos hortícolas
  • Galletas
  • Panaderías
  • Reglamentaciones técnico sanitarias

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